Boletines/Mar Chiquita
Decreto Nº 1386/25
Mar Chiquita, 31/07/2025
Visto
La comunicación cursada por el Honorable Concejo Deliberante por la que se pone en conocimiento del Departamento Ejecutivo la sanción de la Ordenanza Nº 055/2025; y
Considerando
Que dicha Ordenanza fue comunicada al D.E. en el día de la fecha;
Que por la misma se aprueba la excepción al modelo del vehículo tipo Ómnibus, Marca Agrale MT17, Modelo 2012, Dominio KZV173, a nombre del Sr. Lizza Guillermo por el plazo de vigencia de la VTV, la que finaliza el día 23 de Agosto de 2024.
Que de conformidad a lo establecido en el Artículo 108 inc. 2) de la Ley Orgánica de las Municipalidades, es atribución del D.E. la promulgación de Ordenanzas;
Por ello,
EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS FACULTADES LEGALES,
D E C R E T A
ARTICULO 1°: PROMULGUESE, la Ordenanza Municipal N° 055/2025, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 30/07/2025, cuya copia, como anexo, forman parte del presente Decreto.
ARTICULO 2º: El presente decreto será refrendado por el Secretario de Gobierno Dr. Facundo Ariel Bochicchio -
ARTICULO 3º: COMUNIQUESE, a quienes corresponda y dése al Registro Oficial.
ORDENANZA
VISTO
La Ley Orgánica de las Municipalidades;
El Expediente Municipal N° 643s/c/L/2023 y;
CONSIDERANDO
Que a fojas 65, obra nota presentada por el Sr. Lizza, Guillermo solicitando habilitación por vía de excepción del vehículo tipo ómnibus, Marca Agrale, Modelo MT17, Año 2012, dominio KZV173;
Que el mismo presta servicio de transporte de pasajeros contratado en el Partido de Mar Chiquita y cuenta con todas las medidas de seguridad e inspecciones técnicas vigentes;
Que a fojas 72 se encuentra constancia de VTV en óptimas condiciones para la circulación hasta el día 23 de agosto de 2025;
POR ELLO
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE MAR CHIQUITA EN USO DE SUS FACULTADES SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
ARTCULO 1°: APRUEBESE la excepción al modelo del vehículo tipo ómnibus Marca Agrale MT17, Modelo 2012, dominio KZV173 a nombre del Sr. Lizza, Guillermo por el plazo de vigencia de la VTV, la que finaliza el día 23 de agosto de 2025.
ARTICULO 2°: AUTORICESE al Departamento de Tránsito a continuar el trámite correspondiente para la habilitación, previo cumplimiento de los requisitos previstos para ello.
ARTICULO 3°: COMUNIQUESE al Departamento ejecutivo a sus efectos, regístrese y cumplido archívese.
ORDENANZA N° 055
Dada en el recinto del Honorable Concejo Deliberante a los 30 días del mes de julio del año 2025.-