Boletines/Mar Chiquita

Decreto Nº1377/25

Decreto Nº 1377/25

Mar Chiquita, 30/07/2025

Visto

El Expte. N° 551/25 donde tramita el llamado a LICITACIÓN PRIVADA N°004/25 correspondiente a la “HOTEL DEL ESTUDIANTE 2025”; y

Considerando

Que la Licitación Privada fue dispuesta por Decreto Nº 1259/25 de fecha 10 de julio del 2025, con un Presupuesto Oficial de PESOS SESENTA Y TRES MILLONES TRESCIENTOS SESENTA MIL ($63.360.000,00);

Que el día 22 de julio de 2025 se realizó el acto de apertura, con la presentación de un (1) sobre correspondiente a la Firma “AXION TRAVEL S.R.L.”, quien ha cotizado en un total de PESOS SESENTA Y TRES MILLONES TRESCIENTOS SESENTA MIL ($63.360.000,00);

Que, habiéndose reunido el día 23 de julio del corriente año la Comisión Evaluadora la misma ha concluido que la oferta ha cumplimentado con todas las especificaciones del Pliego de Bases y Condiciones, por lo que sugiere adjudicar la Licitación Privada Nº 04/25 a la Firma “AXION TRAVEL S.R.L.”;

Que, por tratarse de única oferta, en fecha 30 de julio de 2025 y por Ordenanza Nº 48/25, el Cuerpo Deliberativo autoriza al Departamento Ejecutivo a adjudicar la Licitación Privada Nº 04/25 al proveedor AXION TRAVEL SRL en cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 155° de la Ley Orgánica de las Municipalidades.

Por ello,

EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS FACULTADES LEGALES,

D E C R E TA

ARTICULO 1º: ADJUDICASE, la LICITACIÓN PRIVADA Nº 004/25 para el “HOTEL DEL ESTUDIANTE 2025”, a la firma “AXION TRAVEL S.R.L.”, por un total de PESOS SESENTA Y TRES MILLONES TRESCIENTOS SESENTA MIL ($63.360.000,00). 

ARTICULO 2º: La forma de pago será en un plazo de treinta (30) días desde la presentación de la factura y recepción de conformidad. 

ARTICULO 3º: El gasto ordenado en el Artículo 1º será imputado a la Jurisdicción 1110130000 Secretaria de Cultura y Educación - Cat. Prog. 19.01.00 – Partida 4.3.2.0 - Fuente de Financiamiento 110 Tesoro Municipal. 

ARTICULO 4º: PROSÍGANSE las actuaciones a través de la Oficina de Compras.

ARTICULO 5º: El presente decreto será refrendado por el Secretario de Gobierno Dr. Facundo Ariel Bochicchio y por la Secretaria de Economía Sra. Marcela Cecilia Lallera. 

ARTICULO 6º: NOTIFÍQUESE a quienes corresponda y dése al Registro Oficial.