Boletines/Mar Chiquita
Decreto Nº 1367/25
Mar Chiquita, 28/07/2025
Visto
Las notas remitidas por el Secretario de Salud Sr. Ricardo Ludovico Gordon solicitando la designación de los siguientes profesionales para prestar atención en la Unidad Sanitaria de Santa Elena dependiente de la Secretaria de Salud; y
Considerando
Que de acuerdo a lo previsto por la ley Orgánica de las Municipalidades en sus artículos 108 inc. 9, y 178 inc. 1º y concordantes, es facultad del titular del Departamento Ejecutivo designar a sus Secretarios, Directores, Asesores, Delegados Municipales y personal temporario;
Por ello,
EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS FACULTADES LEGALES,
D E C R E T A
ARTICULO 1º: DESIGNASE, como PERSONAL de PLANTA TEMPORARIA, que prestará atención profesional en la UNIDAD SANITARIA DE SANTA ELENA, dependiente de la SECRETARÍA DE SALUD, a partir del 01 de agosto del corriente y hasta el 31 de diciembre de 2025 inclusive, a las siguientes personas:
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NOMBRE Y APELLIDO |
LEG. |
DATOS PERSONALES |
HORARIOS |
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TORRES Guillermina |
3782 |
DNI 37.028.643 CUIL 23-37028643-4 Fecha de Nacimiento 06/09/1992 Psicopedagoga |
Unidad Sanitaria Santa Elena:
Modulo Consultorio Especialistas No Médicos 4hs: Lunes de 14:00 a 18:00 hs. Miércoles de 14:00 a 18:00 hs. Viernes de 14:00 a 18:00 hs.
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AMENABAR Florencia Paola |
4755 |
DNI 29.141.695 CUIL 27-29141695-6 Fecha de Nacimiento 30/12/1981 Psicóloga |
Unidad Sanitaria Santa Elena:
Modulo Consultorio Especialistas No Médicos 4hs: Lunes de 08:00 a 12:00 hs. Miércoles de 08:00 a 12:00 hs. Viernes de 08:00 a 12:00 hs.
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ARTICULO 2º: El gasto ordenado en el artículo 1° será imputado a la jurisdicción 1110128000 Programa 81 del Presupuesto de Gastos vigente.
ARTICULO 3º: La Secretaría de Salud Pública informará a la Contaduría Municipal las guardias médicas realizadas por el profesional citado hasta el día 15 de cada mes.
ARTICULO 4 º: El presente decreto será refrendado por el Secretario de Salud Ricardo Ludovico Gordon y por el Secretario de Gobierno Dr. Facundo Ariel Bochicchio.
ARTICULO 5º: NOTIFIQUESE, a las interesadas en legal tiempo y forma, a quienes demás corresponda, y dese al Registro Oficial.