Boletines/Mar Chiquita

Decreto Nº1307/25

Decreto Nº 1307/25

Mar Chiquita, 18/07/2025

Visto

El Expte. N° 531/25; y

Considerando

Que en el mencionado Expediente obra nota presentada por el Centro de Jubilados y Pensionados “Avanzar” de la localidad de Mar de Cobo, solicitando al Municipio ayuda económica para afrontar los gastos que demande la provisión de dos aires acondicionados, en su sede sita en calle Del Buen Orden N° 494 de la localidad de Mar de Cobo;

Que el Centro de Jubilados y Pensionados “Avanzar” manifiesta que dicha provisión resulta esencial para brindar calefacción al espacio y asi permitir que los adultos mayores puedan desarrollar sus actividades con mayor confort;

Que el Delegado Municipal de Mar Chiquita Sr. Edgardo M. Veble, considera necesario que el Municipio asista a dicha Institución, la cual desempeña un papel fundamental para el desarrollo de nuestro Distrito;

Que la Entidad mencionada no posee al día de la fecha subsidios pendientes de rendición de cuentas;

Que esta Administración Municipal ha decidido dar curso a lo solicitado atento la importancia de la Institución para la comunidad;

Que, la Institución solicitante se encuentra inscripta en el Registro de Entidades de Bien Publico bajo el número 212.

Por ello,

EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS FACULTADES LEGALES,

                                                               D  E  C  R  E  T  A 

ARTÍCULO 1º: OTÓRGASE, un subsidio al “CENTRO DE JUBILADOS Y PENSIONADOS AVANZAR DE MAR DE COBO”, destinado a solventar los gastos que demande la provisión de dos aires acondicionados, en su sede sita en calle Del Buen Orden N° 494 de la localidad de Mar de Cobo, de acuerdo a lo fundamentado ut-supra, con cargo de rendición de cuentas. 

ARTICULO 2º: NOTIFICAR, a la Institución que deberá presentar a la Contaduría Municipal, la documentación correspondiente a efectos de la rendición de cuentas requerida. 

ARTICULO 3°: PROSIGANSE, las actuaciones administrativas pertinentes a través de la Oficina de Compras. 

ARTICULO 4º:  El gasto ordenado en el Artículo 1° será imputado a la Unidad Ejecutora 1110135000 Delegación Mar Chiquita – Categoría Programática 01.01.00 – Partida 5.1.7.0 - Fuente de Financiamiento 110.

ARTICULO 5°: El presente Decreto será refrendado por el Secretario de Obras Públicas y Planeamiento Urbano Interino Ad Honorem Dr. Facundo Ariel Bochicchio y la Secretaria de Economía Sra. Marcela Cecilia Lallera.

ARTICULO 6°: COMUNIQUESE, a quienes corresponda y dese al Registro Oficial.