Boletines/General Villegas

Ordenanza Nº6682/25

Ordenanza Nº 6682/25

General Villegas, 29/05/2025

 VISTO:

El Expediente Nº 10845/24, iniciado por el señor Arnaldo Javier Monzalvo, informando el fallecimiento de la señora María Nancy Velázquez beneficiaria del inmueble identificado catastralmente como Circunscripción II- Sección B- Chacra 152- Manzana 152e- Parcela 8, solicitando el cambio de titularidad a su favor, en calidad de único y universal heredero y

 

CONSIDERANDO:

 Que a fojas 6, el Departamento Catastro detalla los datos catastrales registrando como titular a la Municipalidad de General Villegas y como adjudicatario mediante Ordenanza Nº 5084, a la señora María Nancy Velázquez.

Que la Dirección de Rentas a fojas 10, informa que no registra deuda en concepto de “Tasa por Alumbrado, Limpieza y Conservación de la Vía Pública”, “Fondo Solidario para la Obra Pública” y “Tasa por Seguridad y Defensa Civil”.

Que la Secretaría de Desarrollo Social de fojas 11 a 23, agrega la encuesta social practicada al señor Monzalvo y su grupo familiar.

Que en fecha 26 de diciembre de 2024, el requirente presenta su partida de nacimiento, de su hermano (fallecido) y de su progenitora (fallecida), acta de defunción de su hermano y madre, declaración jurada en relación a que es el único heredero de quien en vida fuera la señora María Nancy Velázquez y hace saber que no cuenta con recursos económicos para enfrentar un proceso sucesorio judicial.

Que la Dirección de Asuntos Jurídicos a fojas 34 y 35, no realiza objeciones y sugiere elevar el presente expediente al Departamento Deliberativo.

ORDENANZA

ARTÍCULO 1º: Modifíquese la titularidad del inmueble identificado catastralmente como Circunscripción II- Sección B- Chacra 152- Manzana 152e- Parcela 8, ubicado en calle Batalla del Buceo Nº 8038 de esta ciudad, a favor del señor ARNALDO JAVIER MONZALVO - D.N.I. Nº 36.682.987, designándolo como único beneficiario, conforme las actuaciones obrantes en el Expediente Nº 10845/24.

ARTÍCULO 2º: Declárase el Interés Social de la presente modificación.

ARTÍCULO 3º: Si el titular pretendiera modificar la titularidad del inmueble deberán comunicarlo previamente a la Municipalidad de General Villegas, a fin de que ésta tome la intervención correspondiente

ARTÍCULO 4º: A partir de la promulgación de la presente ordenanza, el beneficiario deberá hacerse cargo del pago de tasas e impuestos que se generen.

ARTÍCULO 5º: En caso de incumplimiento de alguna de las obligaciones dispuesta en la presente ordenanza, será facultad del Departamento Ejecutivo proceder a la desadjudicación por solo informe de la oficina competente.

ARTÍCULO 6º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial de Ordenanzas, cúmplase y archívese.