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Decreto Nº1180

Decreto Nº 1180

Bolivar, 24/06/2025

Visto

El Expediente N° 4013-287/25, por el cual la Secretaría de Hacienda propicia el llamado a Concurso de Precios N° 10/2025, para la adquisición de Arena de Rio Gruesa y Piedra Partida Diámetro 6/20, con flete incluido, y;

Considerando

Que por Decreto Nº 1069, de fecha 09 de junio de 2025, se aprobó el llamado ha llamado a Concurso de Precios N° 10/2025, para la adquisición de Arena de Rio Gruesa y Piedra Partida Diámetro 6/20, con flete incluido, por un presupuesto oficial de pesos dieciséis millones seiscientos mil con 00/100 ($16.600.000,00);

Que se han cursado tres (3) invitaciones a proveedores del ramo inscriptos en el Registro de Proveedores, de conformidad a lo establecido en los artículos N° 153 de la Ley Orgánica de las Municipalidades y 189 del Reglamento de Contabilidad para las Municipalidades, a las firmas: PALOMINO E HIJOS SOCIEDAD SIMPLE, LOGISTICA LA ADITA S.R.L., y TAMBUCCI GUILLERMO FABIAN;

Que se recibieron tres (3) ofertas válidas de los proveedores: PALOMINO E HIJOS SOCIEDAD SIMPLE, TAMBUCCI GUILLERMO FABIAN y LOGISTICA LA ADITA S.R.L., según surge del Acta de Apertura del día 23 de junio de 2025;

Que analizadas las ofertas elevadas a tal efecto y teniendo en cuenta el informe emanado de la Oficina de Compras, es conveniente adjudicar: 200 TONELADAS DE PIEDRA PARTIDA – PIEDRA 6/20 a PALOMINO E HIJOS SOCIEDAD SIMPLE, por la suma de pesos seis millones seiscientos mil con 00/100 ($6.600.000,00) y adjudicar 200 TONELADAS DE ARENA – ARENA DE RIO GRUESA a LOGISTICA LA ADITA S.R.L., por la suma de pesos nueve millones novecientos ochenta mil con 00/100 ($9.980.000,00);

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones emergentes del artículo N° 154 de la Ley Orgánica de las Municipalidades;

Por ello;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE BOLIVAR

DECRETA

Artículo 1º: Apruébese el Concurso de Precios N° 10/2025, llevado a cabo el día 23 de junio de 2025, para la adquisición de 200 Toneladas de Arena de Rio Gruesa y 200 Toneladas de Piedra 6/20, con flete incluido.

Artículo 2°: Declárense admisibles las propuestas presentadas por los proveedores: PALOMINO E HIJOS SOCIEDAD SIMPLE, LOGISTICA LA ADITA S.R.L., TAMBUCCI GUILLERMO FABIAN, por ajustarse al Pliego de Bases y Condiciones.

Artículo 3º: Adjudíquese 200 TONELADAS DE PIEDRA PARTIDA – PIEDRA 6/20 a PALOMINO E HIJOS SOCIEDAD SIMPLE, por la suma de pesos seis millones seiscientos mil con 00/100 ($6.600.000,00) y adjudíquese 200 TONELADAS DE ARENA – ARENA DE RIO GRUESA a LOGISTICA LA ADITA S.R.L., por la suma de pesos nueve millones novecientos ochenta mil con 00/100 ($9.980.000,00), por resultar las ofertas más convenientes al interés fiscal y ajustadas al Pliego de Bases y Condiciones.

Artículo 4º: El gasto que demande el cumplimiento del artículo 1º será imputado a Jurisdicción: 1110103000 - Secretaria de Hacienda – Programa: 24 – Dirección de Obras Públicas – 01 – Ejecución de Obras Públicas - Fuente de Financiamiento 110 – De Origen Municipal.-

Artículo 5º: Notifíquese al adjudicatario y a los restantes oferentes, con arreglo a lo normado en la Ordenanza General N° 267/80.

Artículo 6º: Tomen conocimiento Secretaría de Gobierno, Secretaria de Hacienda, Oficina de Compras, Contaduría y Tesorería, a efectos de su fiel cumplimiento.

Artículo 7°: El presente decreto será refrendado por el Secretario de Hacienda.-

Artículo 8º: Comuníquese, dése al Libro de Decretos y cumplidos los trámites de estilo, archívese.