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Decreto Nº1169

Decreto Nº 1169

Bolivar, 23/06/2025

Visto

La notificación cursada con fecha 09 de Junio de 2025 por la Dirección de Rentas de la Municipalidad, y;

 

Considerando

Que la Ordenanza 2919/23 establece en su Art.113º la Baja de Oficio – El Municipio podrá disponer la baja de la habilitación cuando constate el cese de actividades, previa notificación.

Que según consta en el acta labrada por el agente notificador el comercio N° 856, ubicado en Dorrego N° 221, no continúa desarrollando actividades comerciales.

Por ello,

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE BOLIVAR

DECRETA

Artículo 1º: Procédase a la baja de oficio del comercio Nº 856, según lo establecido en los Art. 113° y 114 ° de la Ordenanza Nº 4909/23.      

Artículo 2º: Archívese el número de padrón/comercio Nº 856, a fin de evitar duplicaciones.

Artículo 3º: Tomen conocimiento Dirección de Rentas, Contaduría, Tesorería y demás que considere corresponder a efectos de su fiel cumplimiento.

Artículo 4º: El presente Decreto será refrendado por el Secretario de Hacienda.

Artículo 5º: Notifíquese, comuníquese, dese al Libro de Decretos y cumplidos los trámites de estilo, archívese el expediente de habilitación.