Boletines/Bolivar
Decreto Nº 1109
Bolivar, 17/06/2025
Visto
El Expediente N° 4013-261/25, en el marco del cual la Secretaría de Hacienda convoca el llamado a Licitación Privada N° 8/25 para la venta de bienes muebles de propiedad Municipal y;
Considerando
Que la venta fue aprobada por Ordenanza Municipal N° 2984/2024 con fecha 12 de Junio de 2024, promulgada por Decreto N° 1001/24;
Que por Decreto Nº 1015/2025 se aprobó el llamado a para la venta de bienes muebles de propiedad Municipal con un presupuesto oficial de pesos veinte siete millones novecientos cuarenta mil con 00/100 ($27.940.000,00);
Que se han cursado cinco (5) invitaciones a comerciantes del ramo, de conformidad a lo establecido en los artículos 153 de la Ley Orgánica de las Municipalidades y 189 del Reglamento de Contabilidad para las Municipalidades a las firmas MATIAS EDUARDO PRADO, LOZADA SERVICIOS S.A., ALUGUE SERVICIOS INDUSTRIALES S.R.L., CESAR BEHRENS y MECSOL S.R.L.;
Que se recibieron dos (2) ofertas válidas según surge del Acta de Apertura del día 10 de Junio de 2025; de las firmas MECSOL S.R.L. y MATIAS EDUARDO PRADO;
Que analizadas las ofertas elevadas a tal efecto y teniendo en cuenta el informe emanado de la Comisión de preadjudicación con fecha 17 de Junio de 2025, es conveniente adjudicar a la propuesta presentada por la firma MECSOL S.R.L. por la suma de pesos veintisiete millones novecientos cuarenta mil con 00/100 ($27.940.000,00);
Que en consecuencia, corresponde rechazar la oferta correspondiente al Sr. Matias Eduardo Prado por ser menos convenientes al interés fiscal;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones emergentes del artículo 154 de la Ley Orgánica de las Municipalidades;
Por ello;
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE BOLIVAR
DECRETA
Artículo 1º: Aprobar la Licitación Privada Nº 8/2025 llevado a cabo el día 10 de Junio de 2025, para la venta de bienes muebles de propiedad Municipal.
Artículo 2º: Declarar admisibles las propuestas presentadas por las firmas MECSOL S.R.L. y MATIAS EDUARDO PRADO, por ajustarse al Pliego de Bases y Condiciones.
Artículo 3º: Desestimar la oferta correspondiente al Sr. Matías Eduardo Prado, por no resultar conveniente al interés fiscal.
Artículo 4º: Adjudicar a la firma MECSOL S.R.L. por la suma de pesos veintisiete millones novecientos cuarenta mil 00/100 ($27.940.000,00), por resultar la oferta más conveniente al interés fiscal y ajustada al Pliego de Bases y Condiciones.
Artículo 5º: Notificar al adjudicatario y al resto de los oferentes, con arreglo a lo normado en la Ordenanza General 267/80.
Artículo 6º: Tomen conocimiento Secretaría de Hacienda, Oficina de Compras y demás que considere corresponder a efectos de su fiel cumplimiento.
Artículo 7°: El presente decreto será refrendado por el Secretario de Hacienda.
Artículo 8º: Comuníquese, dése al Libro de Decretos y cumplidos los trámites de estilo, archívese.