Boletines/Bolivar
Decreto Nº 1108
Bolivar, 17/06/2025
Visto
La presentación efectuada por la Directora de Adultos Mayores de la Municipalidad de Bolívar, y la solicitud de la Institución “Asociación Mutual de Jubilados y Pensionados de Bolívar, y;
Considerando
Que en la de referencia se solicita ayuda económica a la Asociación Mutual de Jubilados y Pensionados de Bolívar, para solventar los gastos de habilitación de la Institución;
Que los gastos no pueden ser solventados en su totalidad por la entidad mencionada;
Que es intención del Municipio incentivar, desarrollar y apoyar la actividad educativa que se desarrolle dentro del partido;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el Art. 107 de la Ley Orgánica Municipal;
Por ello;
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE BOLIVAR
DECRETA
Artículo 1º: Otórgase un aporte a la “Asociación Mutual de Jubilados y Pensionados de Bolívar”, por la suma de pesos doscientos mil con 00/100 ($200.000,00), destinado a solventar los gastos de habilitación de la institución.
Artículo 2º: La erogación que demande lo establecido en el artículo anterior deberá ser imputado a: JURISDICCIÓN 1110118000- Secretaría de Relaciones con la Comunidad y Fortalecimiento Institucional – 17 – Programa Fortalecimiento a Instituciones – 01 - Instituciones Culturales.
Artículo 3º: El subsidio otorgado se realiza con cargo de rendición de cuentas, de acuerdo con lo nombrado en el Art. 276 de la Ley Organica Municipal y Art. 131 y cc. Del Reglamento de Contabilidad para las Municipalidades
Artículo 4º: Tomen conocimiento Contaduría y Tesorería a efectos de su fiel cumplimiento.
Artículo 5: El presente decreto será refrenado por la Secretaria de Relaciones con la Comunidad y Fortalecimiento Institucional
Artículo 6º: Notifíquese, Comuníquese, dése al libro de Decretos y cumplidos los trámites de estilo, archívese.