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Decreto Nº1074

Decreto Nº 1074

Bolivar, 09/06/2025

Visto

La nota emitida por la Secretaría de Salud del Hospital Municipal Dr. M. L. Capredoni;

Considerando

Que en la misma informa que la agente Porcaro Dana Rocío, se desempeña como Jefa de Enfermería y Mucamas del Servicio de Hemodiálisis del Hospital Municipal Dr. M. L. Capredoni con un régimen de 48 Hs semanales de labor;

Que es potestad del Departamento Ejecutivo, en la órbita de sus facultades propias y privativas, la designación de que se trate, según las atribuciones conferidas por el artículo 107) de la Ley Orgánica de las Municipalidades;

Por ello,

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE BOLIVAR

DECRETA

Artículo 1º: Autorizar a partir del 1° de junio de 2025, a la agente PORCARO DANA ROCIO, DNI. 37.599.655, Clase 1993, la bonificación Insalubridad por desempeñarse en el Servicio de Hemodiálisis del Hospital Municipal Dr. M. L. Capredoni de Bolívar con un régimen de 48 horas semanales de labor.

Artículo 2º: El gasto que demande el cumplimiento del articulo 1º será imputado a Jurisdicción: 1110105000 – Programa: 16.00.00 – Hospital Dr. M. L. Capredoni.

Artículo 3º: Notifíquese con copia del presente decreto a la agente Porcaro Dana Rocío, en los términos de la Ordenanza General 267/80.

Artículo 4º: Tomen conocimiento Dirección de Recursos Humanos, Departamento de Liquidación de Haberes, Contaduría y demás que considere corresponder a efectos de su fiel cumplimiento.

Artículo 5º: El presente Decreto será refrendado por el Secretario de Gobierno, y por la Secretaría de Salud.

Artículo 6º: Notifíquese, comuníquese, dese al Libro de Decretos y cumplidos los trámites de estilo, archívese.