Boletines/Bolivar
Decreto Nº 1067
Bolivar, 09/06/2025
Visto
El Expediente N° 4013-932/22 de la Licitación Pública N° 18/2022 SEGUNDO LLAMADO, la cual tiene por objeto la obra denominada “Repavimentación de calzada en camino sec. 011-06- Acceso Pirovano” y;
Considerando
Que a través del decreto N° 3284/2022 se dispuso el llamado a Licitación Pública para la obra de demolición de pavimento y saneamiento de base para bacheo, modificando la denominación de la obra por Decreto N° 3324/2022, y por Decreto N° 590/2023 se procedió a desestimar la oferta de la firma BRUNO CONSTRUCCIONES S.A. y consecuentemente dar de baja la Licitación Pública N° 18/2022;
Que por Decreto N° 1011/2023 se aprobó el segundo llamado a Licitación Pública tendiente a contratar la “Repavimentación de calzada en camino sec. 011-06- Acceso Pirovano”;
Que la obra fue presupuestada en quinientos veintisiete millones doscientos setenta y un mil sesenta y cinco con 64/100 ($527.271.065,64);
Que por Decreto N° 1456/2023 se adjudica la Licitación Pública N° 18/2022 segundo llamado a la firma FONTANA NICASTRO S.A. DE CONSTRUCIONES, por la suma de pesos setecientos cuarenta y cinco millones novecientos cuarenta y dos mil ciento cuatro con 12/100 ($745.942.104,12) y se suscribe el contrato de obra pública con fecha 03 de Agosto del corriente año y el día 16 de Agosto se firmó el acta de replanteo de la obra y se estableció un plazo de obra de ciento ochenta (180) días contados a partir de la fecha de inicio de obra, venciendo el día 12 de Febrero de 2024;
Que mediante Resolución 50 de fecha 19 de Diciembre de 2024 se aprobó el acta de neutralización de Plazo con fecha 15 de Noviembre de 2023, y posteriormente se reiniciaron los trabajos el día 27 de Mayo de 2024 y teniendo en cuenta 89 días remanentes de plazo de obra, se trasladó la fecha de finalización el día 24/08/2024;
Que el 27 de julio de 2024 mediante Nota de Pedido la contratista solicita una prorroga al plazo de obra, donde informa los siguientes motivos: demoras producidas por faltante de áridos, asfalto (CA30) y Asfalto Modificado (AM3) en los en los meses de septiembre a noviembre de 2023 y de junio a agosto de 2024, como así también por rotura en la usina asfáltica en los meses de junio a agosto de 2024;
Que mediante la Orden de Servicio la Inspección toma conocimiento de lo informado por la contratista, y solicita la modificación del plan de trabajo;
Que el área técnica considera procedente la ampliación del plazo de obra, y aprueba el nuevo plan de trabajos, y responde a la contratista mediante orden de servicio que se elevara la solicitud al ministerio de obras públicas;
Que dicha medida se encuadra en el Artículo 37 de la Ley 6021 y lo establecido en el Punto 6.1.9 del Pliego de Especificaciones Legales para la DVBA;
Que mediante Acta ACTA-2025-16443864-GDEBA-GEDV- se expide el Consejo Técnico de la repartición, compartiendo el criterio expuesto por las áreas técnicas preopinantes. En relación con la ampliación de plazo requerida y luego de su evaluación por parte de la Inspección de Obra, se aprueba el plazo adicional de setenta y tres días corridos, trasladando la fecha de finalización al 05/11/2024;
Que siguiendo este orden de ideas se suman un total de setenta y tres (73) días al plazo de obra;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones emergentes del artículo 107° de la Ley Orgánica de las Municipalidades;
Por ello;
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE BOLIVAR
DECRETA
Artículo 1o: Aprobar la ampliación de plazo por setenta y tres (73) días contados a partir de la fecha de finalización del plazo del contrato (24 de Agosto de 2024) finalizando el día 05 de Noviembre de 2024, correspondiente a la obra de Repavimentación de calzada en camino sec. 011-06- Acceso Pirovano.
Artículo 2o: Tomen conocimiento Secretaría de Hacienda, Contaduría, Tesorería y Oficina de Compras a efectos de su fiel cumplimiento.
Artículo 3°: El presente decreto será refrendado por el Secretario de Hacienda.
Artículo 4°: Comuníquese, dése al Libro de Decretos y cumplidos los trámites de estilo, archívese