Boletines/Bolivar
Decreto Nº 1042
Bolivar, 02/06/2025
Visto
El Expediente N° 4013-1229/16 por el cual la firma E.D.P Agroindustrial S.A. solicita el cambio de domicilio del inmueble sito Ruta 65 Km. 336 de esta ciudad que opera en el rubro comercial “Acopio y Comercialización de Granos, Depósito y Comercialización de Productos Fitosanitarios”, y;
Considerando
Que la firma “E.D.P Agroindustrial S.A” oportunamente solicita la prórroga de la habilitación otorgada en forma precaria y provisoria sobre el inmueble sito en Ruta 65 Km. 336 de esta ciudad en el rubro comercial “Acopio y Comercialización de Granos, Depósito y Comercialización de Productos Fitosanitarios”;
Que mediante Dictamen Jurídico Nº 058/2025 fechado 18 de Marzo del corriente año y obrante a fs. 404/405, se autorizó el otorgamiento de la habilitación municipal en forma precaria y provisoria por el plazo de ciento ochenta días (180) días, del inmueble sito en Ruta 65 Km. 336 de esta ciudad en el rubro comercial “Acopio y Comercialización de Granos, Deposito y Comercialización de Productos Fitosanitarios” a la razón social E.D.P Agroindustrial S.A, hasta tanto la requirente obtenga la inscripción ante el Ministerio de Desarrollo Agrario de la Provincia de Buenos Aires como así también en el Ministerio de Ambiente de la Provincia de Buenos Aires y en el Registro Local para el Deposito y Expendio de productos agroquímicos;
Que el otorgamiento de la mencionada habilitación provisoria se perfeccionó a través del Decreto Administrativo Nº 548 de fecha 18 de Marzo del corriente año, el cual obra a fs. 406/407;
Que a fs. 408 se presenta la requirente a través de su apoderado, solicitando se tenga a bien modificar el domicilio del inmueble cuya habilitación se requiere atento haberse modificado el mismo hace ya varios años por cambio en el kilometraje de la ruta;
Que así, solicita la modificación de domicilio del inmueble sito en Ruta 65 Km. 336 a Ruta 65 Km. 270 y Prof. Castellá de esta ciudad;
Que habiendo tomado intervención el Área de Asesoramiento Legal y Técnico, dictamina que conforme los antecedentes detallados se podrá hacer lugar al Cambio de Domicilio del inmueble sito en Ruta 65 Km. 336 a Ruta 65 Km. 270 y Prof. Castellá de Bolívar;
Que corresponde modificar el artículo 1 del Decreto N° 548/2025, respecto al domicilio consignado en el párrafo anterior;
Por ello,
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE BOLIVAR
DECRETA
Artículo 1º: Modifíquese el Articulo 1 del Decreto N° 548/2025, el cual queda redactado de la siguiente manera: “Prorrogase la habilitación otorgada en forma precaria y provisoria sobre el inmueble ubicado en Ruta 65 Km. 270 y Prof. Castellá de la Ciudad de Bolívar, a la firma E.D.P Agroindustrial S.A, para el desarrollo del rubro comercial “Acopio y Comercialización de granos, Deposito y Comercialización de Productos Fitosanitarios” por el plazo de ciento ochenta (180) días”.
Artículo 2°: La presente autorización no altera los términos de la habilitación otorgada en forma precaria y provisoria mediante Decreto Nº 548 fechado 18 de marzo del corriente.
Artículo 3°: Notifíquese con copia del presente Decreto a la firma E.D.P Agroindustrial S.A, conforme lo establecido en la Ordenanza General N° 267/80 de Procedimiento Administrativo Municipal.
Artículo 4°: El presente Decreto será refrendado por el Secretario de Hacienda.
Artículo 5°: Comuníquese, dése al Libro de Decretos y cumplidos los trámites de estilo, archívese.