Boletines/Pilar
Decreto Nº 2953/18
Pilar, 31/08/2018
CORRESPONDE AL EXPEDIENTE N° 7612/18
PILAR,
Visto
Que el Departamento Ejecutivo propone la creación del Concepto Acuerdo Escalafón, y
Considerando
Que dicho concepto de carácter remunerativo será aplicado al personal que cumpla funciones como médico, personal de enfermería y personal de cocina de las distintas áreas dependientes de la Secretaría de Salud.
Que dicha asignación sustituye los actuales conceptos, no remunerativos, de Bonificación asistente de personal superior, Bonificación departamento a cargo, Bonificación asistencial médica, Bonificación especial no remunerativa, Bonificación por función, Plus no remunerativo área de emergencia, Plus no remunerativo enfermería y Plus no remunerativo salud Decreto N° 2611/12, aplicados al personal antes mencionado.
Que por lo tanto se estima conveniente establecer dicha compensación salarial, la cual comenzara a regir desde el día 01 de agosto del corriente año.
EL INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus atribuciones
DECRETA
ARTICULO PRIMERO.- Establézcase a partir del día 01 de agosto de 2018 el Concepto Acuerdo Escalafón, de carácter remunerativo, aplicable al personal que cumpla funciones como médico, personal de enfermería y personal de cocina de las distintas áreas dependientes de la Secretaría de Salud, de acuerdo a lo expuesto en el considerando.
ARTICULO SEGUNDO.- Abónese el concepto Acuerdo Escalafón al personal que desarrollo tareas en el mes de agosto de 2018 como personal médico, personal de enfermería y personal de cocina de las distintas áreas dependientes de la Secretaría de Salud, los cuales se detallan en el listado que corre como Anexo 1 del presente decreto, en el cual se especifica Legajo, Apellido y Nombre y Total a abonar.-
ARTICULO TERCERO.- Dese al Registro Municipal, publíquese. Cumplido con las debidas constancias, archívese.
Anexo I
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