Boletines/Pilar

Decreto Nº2896/18

Decreto Nº 2896/18

Pilar, 30/08/2018

Corresponde al Expediente N° 325/09 - 5950/09 Alcance 1 y 2

 PILAR,

Visto

El expediente de referencia por el cual el Sr. Diego Marcelo Fernández, DNI 26.952.345, en carácter de apoderado de Pilar Boulevard S.A., tramita la renovación del “Uso Conforme de Suelo” para el “Salón de Eventos”, ubicado en la Colectora Panamericana Ramal Pilar km. 53.200 — Partido Del Pilar.

Considerando

Que el informe a fs. 147 de !a Dirección de Planeamiento por el cual se ha verificado el cumplimiento de las condiciones exigidas para otorgamiento del “Uso Conforme de Suelo”.

Que del total de los 8 vecinos consultados, 7 han dado su conformidad y 1 no la ha dado, cuya firma se verifica de fs. 132 a 140 del expte de referencia.

Que la Dirección de Dictámenes y Asesoramiento Legal a fs. 148/149 adjunta dictamen N° 5760.

Que de acuerdo al Código de Zonificación del Partido Del Pilar, Ord. 10/85, corresponde a este Honorable Concejo Deliberante el otorgar el “Uso Conforme de Suelo” para emprendimientos de este tipo.

Que por ello el Honorable Concejo Deliberante se expide sancionando la Ordenanza N° 246/2018.

El Sr. Intendente Municipal, en uso de sus atribuciones

DECRETA

ARTÍCULO PRIMERO. = Promúlgase para su debido cumplimiento la Ordenanza Municipal N° 246/2018, cuya parte dispositiva dice:

ARTÍCULO 1°: Otorgase a la parcela cuya Nomenclatura Catastral es Circunscripción: VIII — Sección: F, Código 3, Manzana: 117, Parcelas: 1, 2 y 3, Partidas: 80251, 80252 y 80253, la Renovación del “Uso Conforme de Suelo” para la continuidad del “Salón de Eventos”, ubicado en la Colectora Panamericana Ramal Pilar km. 53.200 — Partido Del Pilar.

ARTICULO 2°: La presente autorización tendrá validez por tres (3) años a partir de la promulgación de la presente ordenanza. Cumplido dicho periodo y de no mediar causales impeditivas, a solicitud del iniciador,; se verificaran las condiciones del entorno inmediato a efectos de prorrogar el permiso concedido por igual periodo de tiempo.

ARTICULO 3°: La obtención de la presente Ordenanza no implica la aprobación de planos o habilitación del emprendimiento.

ARTICULO 4°: Pase al D.E., a sus efectos, dada y sellada en el recinto de sesiones de este Honorable Concejo Deliberante, con fecha 9 de Agosto de 2018.

ARTÍCULO SEGUNDO. = Dese al Registro Municipal, pase a la Subsecretaría de Planeamiento y Desarrollo Urbano, notifíquese y, con las debidas constancias archívese.