Boletines/Pilar
Decreto Nº 2894/18
Pilar, 30/08/2018
Corresponde al Expediente N° 304/18 — 552/2018
PILAR,
Visto
Que el expediente de referencia, por el cual el Sr. Richard Walter Fórcada DNI 14.210.216, tramita el “Uso Conforme de Suelo” para “Parque Temático con Pistas Artificiales de Surf y Esquí con área de Servicios y Bar/Cafetería”, ubicado en Colectora de Panamericana Ramal Pilar km 42 — Del Viso — Partido Del Pilar.
Considerando
Que de acuerdo al Código de Zonificación del Partido Del Pilar, Ord. 10/85, corresponde a este Honorable Concejo Deliberante el otorgar el “Uso Conforme de Suelo” para emprendimientos de este tipo.
Que el informe a fs. 27 de la Dirección de Planeamiento por el cual se ha verificado el cumplimiento de las condiciones exigidas para otorgamiento del “Uso Conforme de Suelo”.
Que por ello el Honorable Concejo Deliberante se expidió sancionando la Ordenanza N° 244/2018.
El Sr. Intendente Municipal, en uso de sus atribuciones
D ECRETA
ARTÍCULO PRIMERO. = Promúlgase para su debido cumplimiento la Ordenanza Municipal N° 244/2018, cuya parte dispositiva dice:
ARTÍCULO 1°: Otorgase a la parcela cuya Nomenclatura Catastral es Circunscripción: IX-Sección: K, Manzana: A, Qta: 62, Parcelas: 1 A, iB, y 13 Partidas: 129146, 129147 y 129151 respectivamente el “Uso Conforme de Suelo”, para “Parque Temático con Pistas Artificiales de Surf y Esquí con área de Servicios y Sar/Cafetería”, ubicado en la colectora de Panamericana Ramal Pilar km 42 Del Viso — Partido Del Pilar.
ARTICULO 2°: La presente autorización tendrá validez por tres (3) años a partir de la promulgación de la presente ordenanza. Cumplido dicho periodo y de no mediar causales impeditivas, a solicitud del iniciador, se verifican las condiciones del entorno inmediato a efectos de prorrogar el permiso concedido por igual periodo de tiempo.
ARTICULO 3°: La obtención de la presente Ordenanza no implica la aprobación de planos o habilitación del emprendimiento.
ARTICULO 4°: Dispóngase que la presente autorización caducará automáticamente si el solicitante no iniciare los trámites correspondientes a la habilitación municipal, dentro de los SESENTA (60) días de la notificación de la presente.
ARTICULO 5°: Pase al D.E., a sus efectos. Dada y sellada en el recinto de sesiones de este Honorable Concejo Deliberante, con fecha 09 de Agosto de 2018.
ARTÍCULO SEGUNDO. = Dese al Registro Municipal, pase a la Subsecretaría de Planeamiento y Desarrollo Urbano, notifíquese y, con las debidas constancias archívese.