Boletines/Pilar

Decreto Nº2863/18

Decreto Nº 2863/18

Pilar, 30/08/2018

Corresponde al Expediente N°438/18 - 6112/18

Pilar,

Visto

En razón que la Municipalidad del Pilar y la Asociación Civil de Estudios Superiores entienden, que de acuerdo a la Declaración Universal de Derechos Humanos y el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, se reconoce a la salud como derecho inalienable e inherente a todo el ser humano. Que esto implica la obligación del Estado de respetar, proteger y garantizar el derecho a la salud de todos sus ciudadanos, no solo asegurando el acceso a la atención de salud, sino también la atención adecuada. Que la salud es un derecho básico de las personas, que debe ser garantizado a través de acciones que aseguren que todos los miembros de la sociedad accedan una cobertura médica adecuada, en especial los sectores de menores recursos y con mayores riesgos de contraer enfermedades.

Considerando

Que la Asociación Civil de Estudios Superiores, fundadora del Hospital Universitario Austral, es una entidad de bien público sin fines de lucro que se dedica a la asistencia, la docencia y la investigación biomédica. Desde su misión, asume un compromiso con la búsqueda de la verdad y la promoción de la cultura de la vida, procurando hacer un especial énfasis en la calidad del trabajo y la seguridad del paciente, considerándolo a él y a su familia como objetivo central de su labor.

Que la Secretaria de Salud tiene como objetivos garantizar las condiciones que aseguren a todos asistencia médica y servicios médicos en caso de enfermedad, contribuyendo a la mejora de la salud pública.

Que corresponde el tratamiento de ducho Convenio por este Honorable Concejo Deliberante, en el marco de las disposiciones del Art. 41 de la Ley Orgánica Municipal.

Que por ello, el Honorable Concejo Deliberante se expide sancionando la Ordenanza N° 241/2018.

El Sr. Intendente Municipal, en uso de sus ATRIBUCIONES

D E C R E T A

ARTÍCULO PRIMERO. = Promúlgase para su debido cumplimiento la Ordenanza Municipal N° 241/2018, cuya parte dispositiva dice:

Artículo 1°: Homológuese el Acta Acuerdo N° 5 suscripta entre la Municipalidad del Pilar y la Asociación Civil de Estudios Superiores, cuyo texto luce a fojas 86 a 88 y la copia autenticada se incorpora como Anexo 1 de la presente Ordenanza; correspondiente al Convenio firmado con fecha 17 de diciembre de 2004, que fuera homologado mediante ordenanza N° 265/04 y su correspondiente decreto N° 1894/2004. 

Artículo 2°: Pase al D.E., a sus efectos. Dada y sellada en el recinto de sesiones de este Honorable Concejo Deliberante, con fecha 09 de Agosto de 2018.

ARTICULO SEGUNDO. = Dese al Registro Municipal, pase a la Secretaría de Salud, notifíquese”y, con las debidas constancias archívese.