Boletines/Pilar

Decreto Nº2766/18

Decreto Nº 2766/18

Pilar, 23/08/2018

Corresponde al Expediente N° 12435/17

Pilar,

Visto

El expediente de referencia, por el cual el Sr. José María Astarloa, Presidénte de la Fundación San Rafael, solicita la EXIMICIÓN del pago por el Período Fiscal 2017 del Tributo por Mantenimiento de la Vía Publica y Servicios Generales de las Partidas Municipales N° 523013 y 182271 de acuerdo con lo dispuesto en el Artículo 72° Inciso a) de la Ordenanza Fiscal y Tarifaria 2017, y

Considerando

Que, a fojas 01 se acompaña solicitud de eximición suscripta por la autoridad que posee la facultad para representar a la institución, Sr. José María Astarloa.

Que, a fojas 71/72 se encuentra adjunta la Resolución N° 1528/17 mediante el cual se reconoce a la fundación como entidad de bien público.

Que, a fojas 73 la Dirección de Relaciones Institucionales adjunta el Informe Técnico Favorable, donde acredita que la entidad presta una actividad beneficiosa para toda la comunidad y no solo para sus asociados.

Que a fojas 88, la Direcci6n de Rentas Generales intervino e informa que la institución encuentra registrada en carácter de TITULAR del inmueble en cuestión

Que a fojas 90, la Dirección de Rentas Comerciales verificó la inexistencia de habilitación comercial sobre las partidas solicitadas.

Que a fojas 91/98, la Dirección de Rentas Inmobiliarias adjunta Informes de Deuda de las partidas N° 523013 y 182271.

Que ha tomado intervención el servicio jurídico permanente del Departamento Ejecutivo.

Que las atribuciones del Señor Intendente se encuentran consagradas en el artículo 108, inciso 17 de la Ley Orgánica de las Municipalidades y Artículos 10 y 11 de la OFI 2018

El Sr. Intendente Municipal en uso de sus atribuciones,

DECRETA

Artículo Primero: EXÍMASE a la “FUNDACIÓN SAN RAFAEL” del pago del Tributo por Mantenimiento de la Vía Publica y Servicios Generales correspondiente a las partidas N° 523013 y 182271 para el Período Fiscal 2017, por ajustarse dentro del marco de lo dispuesto en la Ordenanza Fiscal y Tarifaría 2017 Artículo 72° Inciso a).

Artículo Segundo: Dese al Registro Municipal, pase a la Subsecretaria de Ingresos Municipales, notifíquese y, con las debidas constancias archívese. -