Boletines/Pilar

Decreto Nº2764/18

Decreto Nº 2764/18

Pilar, 23/08/2018

Corresponde al Expediente N° 4682/13

 Pilar,

Visto

El expediente de referencia, por el cual Monseñor Oscar D. Sarllnda, Apoderado del Obispado Zarate - Campana, solícita la EXIMICIÓN por el Período Fiscal 2013 de la Tasa por Servicios Generales de las Partidas Municipales Nº 147576-147577-147578-147579-147591-110057-76818-142153-142154-142155-142156-513776-107689-107690-155183-52984- 118185-92287-155649-159934-110053-110061-110062-110063-202112-20213-43815-43816-43817-43818-43819-43820-43821-43822-43823-43824-43825-43826-43733-43734-110058-110059-110060-38352-110040-110041-110042-20210-105108-105109-105110-2679513776-107689-92287-101701 destinadas a actividad de culto, y

Considerando

Que, el iniciador ha presentado la solicitud para acogerse al beneficio por ser institución religiosa.

Que, a fojas 322 la Dirección de Relaciones Institucionales, área con responsabilidad primaria en la materia, adjunta el Informe Técnico Favorable, donde acredita que la entidad se encuentra cumpliendo con la Ordenanza 118/13 y, que cuenta con la inscripción al Registro Municipal de Culto, bajo el Decreto n° 983/1107 del 2017.

Que, a fojas 387 la Dirección de Rentas Generales verificó la base de datos y expone que la institución se encuentra registrada en carácter de TITULAR de los inmuebles en cuestión, a excepción de las 107689 y 92287 que se encuentran registradas a nombre de la Municipalidad del Pilar.

Que, del mismo modo informa que las partidas 74174, 74175, 74176, 74147 y 74173 se encuentran reunidas en la partida 513776. Las partidas 101704, 101705, 101702 y 101703 se encuentran reunidas en la partida 101701.

Que, la Dirección de Rentas Inmobiliarias adjunta los Informes de Deuda actualizados de las partidas a exímir, y de los mismos surge que las partidas 142153, 142154, 142155, 1422156, 43815, 43816, 43824, 43825 y 43826 no poseen deuda por el período solicitado.

Que ha tomado intervención el servicio jurídico permanente del Departamento Ejecutivo.

Que las atribuciones del Señor Intendente se encuentran consagradas en el artículo 108, inciso 17 de La Ley Orgánica de las Municipalidades.

El Sr. Intendente Municipal en uso de sus atribuciones

DECRETA

Artículo Primero: EXÍMASE al OBISPADO DE ZÁRATE-CAMPANA del pago de la Tasa por Servicios Generales — Cuota 01 a 12 del Período Fiscal 2013 correspondientes a las Partidas Municipales Nº 147576, 147577, 147578, 147579, 147591, 110057, 76818, 513776, 107689, 107690, 155183, 52984, 101701, 101712, 105106, 105107, 105111, 120307, 118166, 118167, 118168, 118183, 118184, 118185, 155649, 159934, 110053, 110061, 110062, 110063, 20212,20213, 43817, 43817, 43818, 43819, 43820, 43821, 43822, 43823, 43733, 43734, 110058, 110059, 110060, 38352, 110040, 110041, 110042, 20210, 105108, 105109, 105110, 26779, 513776 y 101701 por ajustarse dentro del marco de lo dispuesto en la Ordenanza Fiscal y Tarifaria vigente para el Período Fiscal 2013 Artículo 68° Inciso 1).

Artículo Segundo: DENIEGASE al OBISPADO DE ZÁRATE-CAMPANA la solicitud de eximición del pago de la Tasa por Servicios Generales correspondiente a las partidas 142153, 142154, 142155, 142156, 43815, 43816, 43824, 43825 y 43826 por el período fiscal 2013 por no poseer deuda del período solicitado y las partidas 107689 y 92287 por encontrarse a nombre de la Municipalidad Del Pilar.

Artículo Tercero: Dese al Registro Municipal, pase a la Subsecretaría de Ingresos Municipales, notifíquese con las debidas constancias, Archívese.