Boletines/Pilar
Decreto Nº 2754/18
Pilar, 22/08/2018
Corresponde al Expediente N° 6720/18
Pilar,
Visto
El expediente de referencia, en el cual la Parroquia Nuestra Señora del Pilar solicita la colaboración del Municipio en forma de subsidio para el pago de una deuda generada por el consumo de agua, y
Considerando
Que la Parroquia señalada integra la Diócesis de Zarate-Campana de la Iglesia Apostólica Romana, jurisdicción eclesiástica registrada en el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto bajo el N° 57/2000 y, en virtud de ello s reconoce el carácter de Persona Jurídica Publica y Entidad de Bien Público, en tenor de los artículos 33 y 2345 del Código Civil Argentino.
Que se solicita el referido subsidio a fin de cubrir la deuda generada por los servicios de agua de la institución de referencia, cuyo número de medidor es U125926 y el suministro es 0000020812 que se encuentra ubicado en la calle Belgrano 270.
Que dicha institución también tiene a cargo el Hogar de Niños San Cayetano.
Que los únicos ingresos de la Parroquia son los ingresados por las donaciones de los feligreses.
Que el Pbro. Jorge Ritacco, en su carácter de párroco de la entidad, se encuentra legitimado para peticionar la misma.
Que a fs. 11 obra la Solicitud de Pedido por el total de diecinueve mil trescientos ochenta y nueve pesos con 92/100 ($19.389,92), agregándose a fs. 13 la Solicitud de Gastos por igual importe.
Que ha intervenido el Servicio de Asesoramiento Jurídico Permanente del Municipio.
El Intendente Municipal, en uso de sus atribuciones
DECRETA
ARTICULO 1°.= Otórguese en carácter de subsidio a la “Parroquia Nuestra Señora del Pilar” la suma de diecinueve mil trescientos ochenta y nueve pesos con noventa y dos centavos ($19.389,92) que se abonaran en un único pago, con oportuna rendición de cuentas.
ARTICULO 2°.= El presente gasto será imputado a la Jurisdicción: 1.1.1.01.23.000 -. Fuente de Financiamiento: 1.1.0. — Categoría Programática: 01.01 — U.E.: 97 — Objeto de Gasto 5.1.7.-
ARTICULO 3°.= Dese al Registro Municipal, pase a la Secretaría de Economía y Hacienda, Dirección de Contaduría, notifíquese y, con las debidas constancias archívese.