Boletines/Villarino
Decreto Nº 414
Villarino, 30/04/2025
DECFC-2025-414-MUNIVLLRN-INT
Visto
el IF-2025-00080648-MUNIVLLRN-SCPCGM, en el cual se solicita la designación de la Sra. Carolina
KUSACK, legajo nº 2477, en el cargo de Directora de Obras Públicas, y
Considerando
Que la citada funcionaria se encuentra actualmente designada como Directora de Obras Públicas de Zona Sur, y
Que tendrá bajo su responsabilidad la Subdirección de Obras Particulares, siendo la responsable directa de la firma
de planos y demás actos administrativos correspondientes a dicha área, y
Que se solicita otorgar bonificación por “Bloqueo de Título”,
y
Que de acuerdo a lo normado en el Decreto nº 7/2016, en su artículo 9, el cual establece: “Se abonará bloqueo de
título al profesional que desarrolle una función propia de su especialidad en la Municipalidad de Villarino y la
misma sea incompatible con el desarrollo profesional independiente según lo considerado por esta administración
o por la reglamentación de su Colegio profesional o legislación provincial. Este adicional será de carácter
remunerativo y se podrá otorgar hasta un CINCUENTA (50) POR CIENTO sobre su sueldo básico de la categoría
donde se halla el agente,” y
Que de acuerdo a lo establecido en el Artículo Nº 178, inciso 1), de la Ley Orgánica de las Municipalidades de la
Provincia de Buenos Aires, que faculta al Intendente Municipal a designar a los Secretarios y Empleados del
Departamento Ejecutivo, y
EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS FACULTADES
ARTICULO 1º. Dese de baja en el cargo de Directora de Obras Públicas de Zona Sur, a la Sra. Carolina KUSACK,
legajo nº 2477, a partir del día 01/05/2025.-
ARTICULO 2º. Designar en el cargo de Directora de Obras Públicas a la Sra. Carolina KUSACK, legajo nº 2477, a
partir del día 01/05/2025.-
ARTICULO 3º. Por la Oficina de Liquidación de Sueldos abónese a la Sra. Carolina KUSACK, legajo nº 2477, el
cincuenta (50) porciento de su sueldo básico en concepto de “Bloqueo de Título”, como bonificación remunerativa,
de acuerdo a lo establecido en el artículo 9, del Decreto nº 7/2016.-
ARTICULO 4º. Registrar, comunicar. Dar al R.O., cumplido archivar.-