Boletines/Chivilcoy

Ordenanza Nº10894

Ordenanza Nº 10894

Chivilcoy, 25/07/2025

ORDENANZA

ARTÍCULO 1.- Desarrollar una campaña de educación, concientización y difusión de forma sostenida y amplia para lograr un mejor control, ordenamiento y concientización vial, cuidando la vida, el ambiente y la convivencia ciudadana. 

 

Haciendo énfasis sobre las siguientes problemáticas:

  1. Prohibición circular por vehículos a motor, por veredas, plazas, parques y bicisendas. 
  2. Prohibido estacionar en veredas, bicisenda, rampas y dársenas reservadas.
  3. Los moto-vehículos deben estacionar solo en zonas habilitadas, de no estar delimitadas corresponde estacionar en la zona más cercana a la intersección de las calles en forma perpendicular al cordón. 
  4. Prohibido circular con escapes libres, modificados o defectuosos que generen contaminación sonora. 
  5. Continuar insistiendo con la obligatoriedad del uso del casco para conductor y acompañante. 
  6. Prohibición de toda acción ejecutada por una persona mediante un vehículo a motor que pusiere en peligro inminente y manifiesto la vida o integridad de sí mismo y/o terceros. 
  7. Prohibido el uso de dispositivos móviles al conducir cualquier vehículo a motor.

 

ARTÍCULO 2.- Se sugiere que luego de 180 días de campaña de educación amplia y sostenida se diseñe una ordenanza que incluya sanciones ejemplificadoras para los infractores acorde a la ley nacional de tránsito y sus derivados.

Haciendo foco en la posibilidad de retener el carnet de conducir, disminución de puntos de scoring de la agencia nacional de tránsito, en infracciones tales como: uso del celular mientras se conduce y acciones temerarias como ser picadas, maniobras de supuesta destreza en moto vehículo. 

Con un severo aumento de la penalización cuando las acciones temerarias sean desarrolladas en grupo, definiendo el grupo más de tres. 

 

ARTÍCULO 3.- Invitar a organizaciones de la sociedad civil, instituciones educativas, ONGs, cámaras comerciales, asociaciones vecinales y clubes de motos a participar de una campaña de concientización sobre seguridad vial, cuidado del espacio público y respeto por la vida.

 

 

 

 

ARTÍCULO 4.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo, regístrese, publíquese y archívese

 

 

ORDENANZA Nº 10894