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Ordenanza Nº10887

Ordenanza Nº 10887

Chivilcoy, 11/07/2025

VISTO:

El reciente estudio científico sobre enfermedad celíaca, factores ambientales y prevalencia de anticuerpos específicos realizado en la ciudad de Chivilcoy, desarrollado por un equipo de investigación de la Universidad Nacional de Luján en colaboración con la Asociación Celíaca Argentina – Filial Chivilcoy, el Hospital Municipal de Chivilcoy, equipos profesionales de la salud y equipos de investigación de la Facultad de Farmacia y Bioquímica y de la Facultad de Ciencias Exactas y Naturales de la UBA y cuya co-dirección estuvo a cargo del chivilcoyano Dr. Mauricio C. De Marzi, docente universitario e investigador del CONICET; y

 

CONSIDERANDO:

Que el estudio, basado en una muestra de más de 500 adultos residentes en Chivilcoy, identificó una alta prevalencia de anticuerpos vinculados a la enfermedad celíaca (EC), así como posibles vías ambientales de exposición al gluten, asociadas a la cercanía de molinos harineros, lo cual constituye una hipótesis innovadora y de gran interés científico, que podría abrir nuevas líneas de investigación interdisciplinarias abarcando desde la inmunología hasta estudios de impacto ambiental.

Que el trabajo fue realizado íntegramente en instituciones públicas, con métodos diagnósticos desarrollados por el propio equipo de investigación, articulando ciencia básica con problemáticas locales, integrando la tarea docente, la extensión universitaria, y la investigación aplicada.

Que este aporte científico permite mejorar estrategias de diagnóstico precoz, evidencia el subdiagnóstico existente en la comunidad, y vincula, por primera vez en Argentina, unaposible relación entre factores ambientales locales y la activación inmunológica en población predispuesta.

Que el estudio fue dirigido y coordinado, entre otros, por el Dr. Mauricio C. De Marzi,chivilcoyano, bioquímico, docente universitario y doctor en Inmunología, investigador de CONICET y referente nacional en inmunología, con una extensa trayectoria científica y compromiso con la producción de conocimiento en el marco de la universidad pública.

Que este reconocimiento se realiza en un contexto político y social signado por el recorte presupuestario del gobierno nacional a la ciencia, la tecnología y las universidades públicas, medidas que ponen en riesgo el desarrollo de investigaciones como esta, necesarias para la salud y el bienestar de nuestras comunidades.

Que la ciencia argentina necesita del acompañamiento político e institucional, especialmente en municipios del interior, para consolidar redes de conocimiento que respondan a las necesidades del pueblo y permitan enfrentar los desafíos sanitarios, ambientales y productivos con base en evidencia y soberanía científica.

Que los países que más se han desarrollado han invertido en ciencia y tecnología, entendiendo que no hay futuro posible sin conocimiento ni progreso real sin investigación financiada por el Estado.

Que este Concejo Deliberante considera fundamental reivindicar la universidad pública, el trabajo de sus investigadores y su contribución al crecimiento local, regional y nacional.

 

Por todo ello, el Honorable Concejo Deliberante de Chivilcoy sanciona el siguiente

proyecto de

O R D E N A N Z A

ORDENANZA

Artículo 1.- Declárese de interés municipal la investigación científica realizada en Chivilcoy sobre enfermedad celíaca, prevalencia de anticuerpos específicos y posible impacto ambiental del polvo de harina, desarrollada por el equipo de investigación de la Universidad Nacional de Luján y co-dirigida por el Dr. Mauricio C. De Marzi.

 

Artículo 2.- Destáquese al Dr. Mauricio C. De Marzi como Personalidad Destacada de la Ciencia y la Educación Pública de la ciudad de Chivilcoy, en reconocimiento a su trayectoria académica, su compromiso con la ciencia aplicada al territorio y su defensa activa del sistema científico y universitario público.

 

Artículo 3.- Invítese a instituciones educativas, medios de comunicación y organizaciones sociales a difundir los hallazgos del estudio y promover espacios de intercambio sobre ciencia, salud y ambiente en el ámbito local.

 

Artículo 4.- Comuníquese, publíquese y archívese.

 

 

 

ORDENANZA Nº 10887