Boletines/Rauch
Decreto Nº 481/25
Rauch, 17/06/2025
Visto
El Expediente Municipal Nº 4093-11508/17 “Valenzuela, Ezequiel Octavio y Riera, María Noelia s/adjudicación de lote municipal identificado catastralmente como Circ. I, Sec. B, Mz. 118d, Parc. 13 en el marco del plan compra de lotes municipales - Decreto N° 442/17”.-
Los Decretos Municipales Nº 442/17 y Nº 876/17.-
La Ordenanza Nº 931/14 y 1158/17.-
El Compromiso de Venta Nº 380/17; y
Considerando
Que, a partir del relevamiento de lotes municipales que se realiza desde la oficina de Regularización Dominial se ha constatado el cumplimiento de las condiciones necesarias para proceder a la escrituración del inmueble identificado catastralmente como Circunscripción I, Sección B, Manzana 118d, Parcela 13, a favor del Sr. Valenzuela, Ezequiel Octavio, beneficiario del inmueble.
Que el mencionado, resultó beneficiario del lote referido mediante sorteo efectuado en fecha 4 de octubre de 2017 en el marco del programa “Plan Compra de Terrenos Municipales - Decreto Nº 422/17”, celebrado conforme el listado de aspirantes incluidos al mismo por Ordenanza Nº 1158/17.
Que, así, por Decreto Nº 876/17 se adjudica la parcela identificada catastralmente como Circunscripción I, Sección B, Manzana 118d, Parcela 13, celebrándose el respectivo compromiso de venta en fecha 6 de noviembre de 2017, registrado como Contrato Nº 380/17.
Que posteriormente, el beneficiario constituye grupo familiar con la Sra. María Noelia Riera, DNI Nº 32.105.811, acreditándose dicha circunstancia mediante la verificación ocupacional, declaración jurada y acta de unión convivencial expedida por el Registro Provincial de las Personas y demás documentación obrante a fs. 43 a 50 del expediente de referencia.
Que consta en las actuaciones que se ha cancelado el precio total de compra del lote, conforme lo informado desde la Subdirección de Ingresos Públicos obrante a fs. 40.
Que, por su parte, por Ordenanza Nº 931/14, en su cuarto artículo se declara de interés social al proceso de escrituración de los lotes identificados catastralmente como Circunscripción I, Sección B, Manzana 118, y Circunscripción I, Sección C, Quinta 52, Manzana 52 c. y se requiere la intervención de la Escribanía General de Gobierno de la provincia de Buenos Aires a los fines del otorgamiento de las escrituras traslativas de dominio a favor de los adjudicatarios de acuerdo a lo estipulado en los contratos respectivos.
Que, dicha Ordenanza, que rige el procedimiento para aplicar respecto de los inmuebles a incorporarse al programa lotes con servicios, fue sancionada con anterioridad a la generación de las manzanas y parcelas actuales, entre las que se incluye la parcela de los beneficiarios. Atento a ello se entiende que la declaración de interés social de la escrituración dispuesta por su artículo 4 incluye y/o se extiende a la parcela adquirida por los solicitantes.
Que, por otra parte, se ha constatado la ocupación efectiva y permanente de la vivienda por parte de los adjudicatarios, cumpliendo lo requerido en las cláusulas sexta y séptima del contrato de promesa de compraventa mencionado.
Que es función del Estado Municipal garantizar las condiciones necesarias para que las familias de Rauch puedan concretar su derecho de contar con su vivienda propia y obtener la regularización Dominial de la misma.
Que, en ese sentido, la cláusula décima del referido contrato prevé, en su parte pertinente que “La escritura traslativa de dominio se firmará por ante la Escribanía General de Gobierno, en los plazos y condiciones previstos en este tipo de operatorias. (…)”.
Que, en este lineamiento, y en función de los fundamentos expuestos, resulta procedente dar por cumplimentadas por parte de los beneficiarios las condiciones necesarias para proceder a la escrituración del lote municipal mencionado a su favor, dando intervención a la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires.
Por ello, el Intendente Municipal del partido de Rauch, en uso de las facultades que le son propias:
D E C R E T A.-
Artículo 1ro.- Declarar cumplimentadas las condiciones necesarias para formalizar la escritura traslativa de dominio de la parcela identificada catastralmente como Circunscripción I, Sección B, Manzana 118d, Parcela 13, a favor de los Sres. Ezequiel Octavio Valenzuela, DNI Nº 32.362.307 y María Noelia Riera, DNI Nº 32.105.811, en un todo de acuerdo con los vistos y considerandos del presente.-
Artículo 2do.- Ratificar la declaración de interés social de la escrituración dispuesta en el artículo 4 de la Ordenanza 931/14 y requerir la intervención de la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, a fin de que se otorgue la correspondiente escritura traslativa de dominio, a favor de los adjudicatarios mencionados en el art. 1ro. del presente.-.
Artículo 3ro.- El presente Decreto será refrendado por el Jefe de Gabinete.-
Artículo 4to.- Cúmplase, comuníquese, tomen conocimiento las Oficinas Municipales que correspondan y dése al Libro de Decretos.-
Fdo. Lic. Juan Manuel Arbel - Jefe de Gabinete.
Fdo. Cr. Roberto Maximiliano Suescun - Intendente Municipal.