Boletines/Lobería
Decreto Nº 1213-25
Lobería, 25/07/2025
ASIGNANSE tareas al personal destajista.
Visto
Las atribuciones conferidas por los artículos 107 y 108 Inciso 17 de la Ley Orgánica de las Municipalidades, la Ley Provincial 14.656, el artículo 49 de la Ordenanza Nº 1.973/15 y su Decreto Reglamentario Nº 1.167/16 -Régimen de Empleo de la Municipalidad de Lobería-, la Ordenanza Nº 2.959/24, el Decreto Nº 048/25; y
Considerando
QUE, desde la Dirección de Desarrollo Social a través del estudio realizado por las trabajadoras sociales, se comprobó la necesidad de realizar refacciones en la vivienda de la familia Ledesma, ubicada en calle Aristóbulo del Valle N° 756 de esta ciudad;
QUE, dicha situación fue puesta a consideración de la Dirección de Vivienda quien tiene competencia para determinar los trabajos a realizar y llevar adelante su ejecución;
QUE, consecuentemente, el titular de la referida dependencia SR. HÉCTOR FABIÁN PALMIERI, solicita la asignación de tareas al personal destajista designado mediante Decreto Nº 048/25, para realizar trabajos de albañilería en la vivienda referenciada, a partir del 18 de julio de 2025;
POR ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE LOBERÍA, en uso de las facultades que le son propias, dicta el siguiente:
D E C R E T O
ARTÍCULO 1.- ASIGNANSE tareas al personal destajista Sr. JUAN CARLOS ORONOZ, D.N.I. N° 20.726.000, designado mediante Decreto Nº 048/25, que realizará trabajos de albañilería en la vivienda de la familia Ledesma, ubicada en calle Aristóbulo del Valle N° 756 de esta ciudad, a partir del 18 de julio de 2025.
ARTÍCULO 2.- Las tareas específicas a realizar y los montos a percibir por la misma, se detallan a continuación:
TAREAS MONTO
Armado de techo nuevo $ 383.187,99
Cargas de techo sin revocar $ 118.768,42
ARTÍCULO 3.- El monto total a abonar será de PESOS QUINIENTOS UN MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y SEIS CON CUARENTA Y UN CENTAVOS ($ 501.956,41.-), resultando luego de aplicar los descuentos correspondientes, una suma efectiva de PESOS CUATROCIENTOS TREINTA Y UN MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y DOS CON CINCUENTA Y UN CENTAVOS ($ 431.682,51.-) correspondiendo al Municipio, además, efectuar aportes patronales por I.P.S. $ 60.234,77. La certificación se realizará en forma mensual, previa verificación del área correspondiente.
ARTÍCULO 4.- El presente gasto se imputará a la Partida: “1110104000 Secretaría de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos – 27 Dirección de Vivienda – 43 Emergencia Habitacional – 5.2.1.0. Transferencias a personas” del Presupuesto de Gastos vigente.
ARTÍCULO 5.- Tomen conocimiento Dirección de Vivienda, Oficina de Personal, Contaduría Municipal, Oficina de Seguros y Honorable Concejo Deliberante. Dése al Registro de Decretos, cumplido ARCHÍVESE.