Boletines/Saavedra
Decreto Nº 689/2025
Saavedra, 13/05/2025
Corresponde a Expediente Nº 96.859/25
Visto
El DECRE-2025-371-GDEBA-GPBA de creación del “Fondo Municipal de Fortalecimiento de la Seguridad y otros servicios asociados para Municipios de hasta 70.000 habitantes “destinado exclusivamente a inversión en seguridad, con el objeto de fortalecer las políticas provinciales de orden público con municipios y la RESO-2025-574-GDEBA-MSGP de reglamentación del mismo.
Que atento a lo establecido en el Artículo 119º, último párrafo de la Ley Orgánica de las Municipalidades, el Departamento Ejecutivo podrá practicar directamente las ampliaciones y creaciones de partidas que se financien con recursos afectados.
El Intendente Municipal en uso de sus facultades legales:
D E C R E T A
Artículo 1º: Crease en el Cálculo de Recursos del Ejercicio 2.025, la Partida que se detalla a continuación:
1700000 – Transferencias corrientes
1750125 – Fondo Municipal de Fortalecimiento de la Seguridad
y otros servicios asociados para municipios $ 14.365.812,98
2200000 – Transferencias de capital
2250112 – Fondo Municipal de Fortalecimiento de la Seguridad
y otros servicios asociados para municipios $ 14.134.187,02
Artículo 2º: Crease en el Presupuesto de Gastos del Ejercicio 2.025, las Partidas que se detallan a continuación:
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Jurisdicción: 1110102000 - Secretaría de Gobierno y Hacienda |
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01.00.00 - Políticas de Administración y Gestión |
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132 - De origen provincial |
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2.0.0.0 - Bienes de consumo |
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2.4.0.0 - Productos de cuero y caucho |
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2.4.4.0 - Cubiertas y cámaras de aire |
$ 6,586,760.00 |
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2.5.0.0 - Productos químicos, combustibles y lubricantes |
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2.5.6.0 - Combustibles y lubricantes |
$ 920,000.00 |
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2.9.0.0 - Otros bienes de consumo |
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2.9.2.0 - Utiles de escritorio, oficina y enseñanza |
$ 658,200.00 |
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2.9.6.0 - Repuestos y accesorios |
$ 3,638,772.88 |
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3.0.0.0 - Servicios no personales |
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3.3.0.0 - Mantenimiento, reparación y limpieza |
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3.3.1.0 - Mantenimiento y reparación de edificios y locales |
$ 80,000.00 |
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3.3.2.0 - Mantenimiento y reparación de vehículos |
$ 234,080.00 |
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3.3.3.0 - Mantenimiento y reparación de maquinaria y equipo |
$ 428,000.00 |
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3.6.0.0 - Publicidad y propaganda |
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3.6.9.0 - Otros |
$ 1,820,000.00 |
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4.0.0.0 - Bienes de uso |
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4.3.0.0 - Maquinaria y equipo |
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4.3.6.0 - Equipo para computación |
$ 11,092,100.00 |
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4.3.7.0 - Equipo de oficina y muebles |
$ 495,000.00 |
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4.3.9.0 - Equipos varios |
$ 503,087.02 |
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4.4.0.0 - Equipo de seguridad |
$ 544,000.00 |
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4.8.0.0 - Activos intangibles |
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4.8.1.0 - Programas de computación |
$ 1,500,000.10 |
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TOTAL: |
$ 28,500,000.00 |
Artículo 3º: Los fondos necesarios para dar cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 2º serán tomados del Capítulo establecido en el Artículo 1º.
Artículo 4º: Comuníquese, pase a Contaduría y Tesorería, dése al Registro de decretos y cumplido, archívese.
DECRETO Nº 689/25