Boletines/Bahia Blanca
Resolución Nº 1001
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 05/08/2025
Visto las presentes actuaciones atento a lo solicitado por el locatario Salazar, Rosana Amalia, Contribuyente Nº79.328, titular del comercio REGALERÍA PEHUEN, referido al reconocimiento de las facturas brindadas por el cerramiento de los dos módulos comerciales alquilados, y;
CONSIDERANDO:
Que de fojas 63 a 68 obran las siguientes facturas: Nº0003-00021752 por un monto de pesos tres mil setecientos setenta y ocho ($3.778.-), factura Nº00005-00001527 por un monto de pesos veintiún mil quinientos ($21.500.-), factura Nº0004-0007106 por un importe de cincuenta y seis mil doscientos cuarenta y nueve con seis centavos (56.249,06), factura Nº0004-0007110 por un importe de pesos cincuenta y seis mil novecientos cinco con setenta y nueve ($56.905,79), factura Nº00002-00000038 por un monto de pesos ochenta mil ($80.000.-) y factura Nº00002-00000002 por un importe de pesos setecientos setenta y ocho mil ($778.000.-).
Que a fojas 70 el Departamento Proyecto y Obras informa que las tareas ya fueron realizadas, por lo tanto no se ha podido cumplir con las tareas de contralor, verificación e inspección antes y durante la construcción mencionadas.
Que de fojas 73 a 77 obra el Anexo de Especificaciones Técnicas y a fojas 78 el Departamento Proyecto y Obras informa que el cerramiento realizado es de características similares a las requeridas en el Anexo de Especificaciones Técnicas It. 3 aberturas, de acuerdo al Plano Nº2, respetando el material y el diseño y no altera arquitectura general del inmueble.
Que a fojas 81 y 82, el Departamento Recaudación informa que el Art. 4º de la Ordenanza Nº17.512, determina el tratamiento que corresponde en el caso de cerramiento de módulos comerciales en dicha Terminal y la forma en el que el Municipio debe reconocer al locatario el monto invertido en la obra. Lo que no determina es la actualización de los valores por el índice CREEBA (Centro Regional de Estudios Económicos de Bahía Blanca Argentina), ni por otro similar.
Así mismo, informa los valores de las facturas presentadas da un total de pesos novecientos noventa y seis mil cuatrocientos treinta y dos con ochenta y cinco centavos ($996.432,85) y que los valores mensuales de alquiler para julio - agosto son de pesos cuatrocientos nueve trescientos tres con doce centavos ($409.303,12), para septiembre - octubre pesos cuatrocientos veintinueve mil setecientos sesenta y ocho con veintisiete centavos ($429.768,27) y noviembre - diciembre por pesos cuatrocientos cincuenta y un mil doscientos cincuenta y seis con sesenta y ocho centavos ($451.256,68). Con respecto al año 2026, los valores no están determinados a la fecha. Según el Art. 4º de la Ordenanza 17512 el Municipio devengará el monto invertido en la obra, del canon a pagar por el concesionario en concepto de alquiler. La devolución se realizará por el plazo máximo de 180 días renovables hasta 180 días mas, de acuerdo al monto de la obra.
Que el Art. 4º de la Ordenanza Nº17.512 establece: "A fin de facilitar la realización de cerramiento de los módulos y favorecer la inversión y la plena ocupación efectiva de los espacios habilitados para la colocación de locales comerciales en la ETOSFA, el Municipio devengará el monto invertido en la obra, del canon a pagar por el concesionario en concepto de alquiler. La deducción se realizará por un plazo máximo de ciento ochenta (180) días, renovables hasta 180 días más, de acuerdo al monto de la obra."
Por todo ello, el Subsecretario de Ingresos Públicos de la Municipalidad de Bahía Blanca, en el uso de las facultades delegadas por Decreto Nº2900/2021;
- RESUELVE -
ARTÍCULO 1º)- Acreditar el monto de PESOS NOVECIENTOS NOVENTA Y SEIS MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y DOS CON OCHENTA Y CINCO CENTAVOS ($996.432,85) a los alquileres que restan a partir de julio 2025 hasta agotar el saldo, en concepto de facturas brindadas por el locatario Salazar, Rosana Amalia, Contribuyente Nº79.328, titular del comercio REGALERÍA PEHUEN por el cerramiento de los dos módulos comerciales alquilados en la Terminal de Ómnibus, en un todo de acuerdo al Art. 4º de la Ordenanza Nº17.512 un todo de acuerdo a los considerados de la presente Resolución.
ARTÍCULO 2º)- Cumplir, notificar, darse al Registro Oficial, tomar nota Departamento Recaudación, Terminal de Ómnibus. Hecho: ARCHIVAR.