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Resolución Nº931

Resolución Nº 931

Publicado en versión extractada

Bahia Blanca, 18/07/2025

Visto las presentes actuaciones, referidas a la solicitud de renovación del Permiso de Funcionamiento interpuesta por JOEL ELIUD RAVANAL SEPULVEDA, C.U.I.T 20-92893829-9, Contribuyente Nº60566, para la explotación en la vía pública, mediante un puesto fijo de VENTA DE LENCERÍA - BARATIJAS - BIJOUTERI, situado en calle Belgrano 54, Bahía Blanca;


CONSIDERANDO


Que a fojas 82 se adjunta Acta de Inspección N°90.908 de fecha 15 de mayo de 2025, en la que se deja constancia que el lugar presenta condiciones de funcionamiento y uso, conforme a la Ordenanza N°11.866 y 19.793;

Que a fojas 84 obra solicitud del correspondiente permiso con fecha 15 de julio del 2025;

Que a fojas 85 obra constancia de inscripción en ARCA de Joel Eliud Ravanal Sepúlveda, C.U.I.T 20-92893829-9;

Que se han cumplimentado los requisitos exigidos por la Ordenanza Nº 11.866, concordantes y modificatorias;

Que atento a los informes producidos por el Departamento de Recaudación, el Departamento Habilitaciones y el resto de las áreas intervinientes, se concluye que resulta procedente hacer lugar a la solicitud de Habilitación interpuesta;

Por ello, el Subsecretario de Ingresos Públicos de la Municipalidad de Bahía Blanca, en uso de las atribuciones conferidas por el Decreto 2900/2021;

- R E S U E L V E -


ARTÍCULO 1º)- Otorgase el correspondiente Permiso de Funcionamiento a JOEL ELIUD RAVANAL SEPULVEDA, C.U.I.T 20-92893829-9, Contribuyente Nº60.566, para la explotación en la vía pública, mediante un puesto fijo de VENTA DE LENCERÍA - BARATIJAS - BIJOUTERI, situado en calle Belgrano 54, Bahía Blanca, por el término de un (1) año a partir de su notificación, en un todo de acuerdo a los considerandos de la presente Resolución.

ARTÍCULO 2°)- Déjese constancia que la vigencia del Permiso otorgado en el Artículo Primero de la presente Resolución, quedará supeditado al mantenimiento de las condiciones que hicieran posible su otorgamiento, y al cumplimiento de la normativa actual y futura que regule la actividad para la cual fuera otorgado el Permiso.

 

ARTÍCULO 3°)- Dispóngase que la modificación de la razón social, traslado del establecimiento, modificación de las instalaciones que involucren cambios fundamentales o variaciones en la naturaleza de sus actividades, conllevará a la caducidad del Permiso otorgado, pudiendo el Departamento Ejecutivo conceder un plazo al contribuyente para la regularización correspondiente.


ARTÍCULO 4º)- Cúmplase, tomen nota Departamento Recaudación, Departamento de Habilitaciones, publíquese y dese al Registro Oficial, hecho: Archívese.