Boletines/Bahia Blanca

Resolución Nº170

Resolución Nº 170

Publicado en versión extractada

Bahia Blanca, 04/08/2025

Visto las notas presentadas por la Congregación de las Hermanas Franciscanas de Hallein-Salzburg en Argentina, referidas a los diversos daños sufridos en las instalaciones de dicha institución por la inundación del 7 de marzo pasado, y por las que asimismo solicitan el otorgamiento de un subsidio para afrontar las reparaciones necesarias, entre las que se incluyen los pisos y las paredes de los sótanos, los techos, una fase de la red eléctrica y la adquisición de un lavarropas en reemplazo del que tenían; y teniendo en cuenta la imputación efectuada por la Subdirección de Presupuesto y por la Contaduría General, el INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus facultades,

 

R E S U E L V E

ARTICULO 1º- Otorgar un subsidio a la Congregación de las Hermanas Franciscanas de Hallein-Salzburg en Argentina, C.U.I.T. N° 30-64822794-5, por la suma de PESOS CUATRO MILLONES OCHOCIENTOS SETENTA Y SIETE MIL ($ 4.877.000.-), destinado a la reparación de los pisos y paredes de los sótanos existentes en la entidad, como así también de los techos, salidas de aire y de una fase de la instalación eléctrica, y para la adquisición de un lavarropas; problemáticas que sufrió dicha institución a causa de la inundación del día 7 de marzo pasado.-

ARTICULO 2º) - El presente gasto deberá imputarse a la Fuente 110, Jurisdicción 1110104000, Categoría Programática 01.01, Gasto 5.1.7.0. del Presupuesto de Gastos vigente.-
ARTÍCULO 3°) - Notifíquese a la entidad beneficiaria que, una vez utilizados los fondos, deberá rendir cuentas ante el Departamento Contaduría General, en los términos del Instructivo obrante a fs.9 del expediente 0-3314-2025, respetando los lineamientos establecidos en los artículos 131° al 134° del Reglamento de la Contabilidad y cumplimentando el Balance de Inversión cuyo modelo obra a fs.10, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el artículo 52° de las Disposiciones Anexas al Decreto 2980/00 – R.A.F.A.M.-
ARTÍCULO 4°) - Por Jefatura de Gabinete y Gobierno se efectuará el seguimiento del trámite de rendición de fondos por parte de la entidad beneficiaria.-
ARTICULO 5º) - Cúmplase, notifíquese a la entidad recurrente mediante entrega de copia certificada de la presente, tome nota Contaduría General y Tesorería; dése al R.O. y ARCHÍVESE.-