Boletines/Bahia Blanca

Decreto Nº1858

Decreto Nº 1858

Publicado en versión extractada

Bahia Blanca, 24/07/2025

Visto las presentes actuaciones iniciadas con la solicitud de pedido mediante la cual se requiere la contratación de un Ingeniero en Sistemas de Computación para cumplir tareas afines a su profesión y, 

Considerando

Que a fs.6 la Subsecretaría de Tecnología Gubernamental y Control de Gestión solicita la contratación de un profesional en Ingeniería en Sistemas de Computación, para realizar requerimientos adicionales no contemplados en el alcance original del desarrollo del sistema de gestión de obras..

Que las tareas requeridas implican, la integración con RAFAM, para el desarrollo e implementación de consultas automáticas al sistema interno de gestión municipal para la obtención de datos de expedientes, garantizando coherencia reduciendo carga manual, como así también los módulos de mantenimiento (ABMs) para la incorporación de formularios de alta, baja y modificación para entidades claves, permitiendo una gestión autónoma del sistema por parte de los usuarios, sin depender del equipo técnico.

Que la Subsecretaría de Tecnología Gubernamental y Control de Gestión declara su incompetencia para llevar adelante las tareas referidas, atento a no contar con personal con los conocimientos específicos que el servicio requiere, con lo cual se vio necesario a recurrir a la figura de la locación de servicios para cubrir las prestaciones que el municipio pretende.

Que por lo expuesto, y la importancia de la tareas que se llevarán adelante con la presente contratación y no pudiendo ser cubiertas por personal de planta, se insiste en la prosecución de las actuaciones.

Por todo ello, el INTENDENTE MUNICIPAL en uso de sus facultades,

DECRETA

ARTÍCULO 1º: Reconocer la declaración de incompetencia declarada por la Subsecretaría de Tecnología Gubernamental y Control de Gestión atento que dicha dependencia no cuenta con un profesional con especialización y el conocimiento requerido en la presente contratación.

ARTÍCULO 2º: Adjudicar la prestación del servicio al Sr. Alejandro Javier Laspiur, DNI 32.838.431, para la realización de requerimientos adicionales no contemplados del desarrollo del sistema de gestión de obras,  por la suma de pesos cuatro millones seiscientos mil ($4.600.000,00) a realizarse a partir de la registración de la Orden de Compra, y en un todo acuerdo a lo expuesto en los considerando del presente.-

ARTÍCULO 3º: Encomendar al Subsecretario de Tecnología Gubernamental y Control de Gestión el seguimiento y control de la efectiva prestación del servicio.-

ARTÍCULO 4º: Cúmplase, notifíquese, tome nota el Departamento Contaduría General, Departamento Compras, cumplido; RESÉRVESE.-