Boletines/Bahia Blanca
Decreto Nº 1884
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 29/07/2025
Visto el presente expediente, mediante el cual tramita el pago de la redeterminación de precios provisoria correspondiente al certificado Nº17 de la obra: "CENTRO DE SALUD M. MORA ESQ. M. MALHARRO", adjudicada a la empresa TALLERES B.J IRRAZABAL S.A. mediante Decreto Nº2539/2023; y
CONSIDERANDO:
Que a fojas 2 y 2 vta., el Departamento Proyectos y Obras informa que por Ordenanza N°20.986 la Municipalidad de Bahía Blanca adhiere al Decreto N°290/2021 del Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, que regula el sistema de redeterminaciones de precios en contratos de Obra Pública. Que la Fecha de Licitación - Mes Base fue el 19/04/2023; la Fecha del Contrato fue 14/07/2023; el Acta de Replanteo el 14/08/2023.-
Que el departamento técnico mencionado ha analizado la presentación de la redeterminación de precios provisoria de la empresa TALLERES IRRAZABAL S.A., la cual fue presentada en los plazos legales previstos por la Ordenanza N°20.986. Asimismo, se constató que el avance de obra se encuentra dentro de los parámetros dispuestos por el Art. 9, habiendo alcanzado el 90% del avance de obras proyectado, aprobado y acumulado.
Que al certificado Nº17 se le realiza el análisis con los índices correspondientes al mes de ejecución de los trabajos Diciembre 2024; la Fecha de Publicación de los índices fue el 28/01/2025; la Fecha de Presentación de la empresa 13/02/2025; y el Porcentaje de avance respecto a la curva de inversión es de 91,48%.-
Que el Departamento Proyectos y Obras sugiere que se apruebe la redeterminación del certificado Nº17 por el monto de PESOS VEINTITRES MILLONES NOVECIENTOS CUARENTA Y TRES MIL CUATROCIENTOS CON SESENTA Y TRES CENTAVOS ($23.943.400,63). La empresa presenta Póliza N°229638 de la compañía aseguradora INTEGRITY SEGUROS ARGENTINA S.A. por un monto de $1.197.171 por el concepto del 5% correspondiente a la garantía de contrato y se deberá descontar $1.197.170,03 en concepto del 5% correspondiente a la garantía de fondo de reparo.-
Que así mismo, la Oficina mencionada considera que debería remitirse el presente acto al Secretario de Economía para su refrende.
Que a fs. 32, la Secretaría de Obras y Servicios Públicos otorga el visto bueno y eleva dictamen mediante el cual deja expresamente aclarado que no tiene objeciones legales que realizar al pedido de la empresa contratista.
Por lo expuesto, el INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus facultades,
D E C R E T A
ARTÍCULO 1º: Aprobar la redeterminación provisoria de precios del certificado Nº17 de la obra: "CENTRO DE SALUD M. MORA ESQ. M. MALHARRO", por un monto total de PESOS VEINTITRES MILLONES NOVECIENTOS CUARENTA Y TRES MIL CUATROCIENTOS CON SESENTA Y TRES CENTAVOS ($23.943.400,63), en un todo de acuerdo con los considerandos y antecedentes obrantes en el Expte. N°416R-1268-2025.-
ARTÍCULO 2º: Para el pago de la redeterminación provisoria de precios deberán estar cumplidos los requisitos del Artículo N°16 de la Ordenanza N°20.986.-
ARTÍCULO 3º: Encomendar al Departamento Proyectos y Obras a cumplir en el momento correspondiente con lo establecido en los Artículos 18º, 19º y 20º de la Ordenanza N°20.986.-
ARTÍCULO 4º: El gasto precedente deberá imputarse a la Partida Fuente 131, Jurisdicción 1110105000, Cat. Progr. 51.54.00, Gasto 4.2.1.0. del Presupuesto de Gastos vigente.-
ARTÍCULO 5º: Refrende el presente Decreto el Sr. Secretario de Economía.-
ARTÍCULO 6º: Cúmplase, publíquese, dése al RO.; pase al Departamento Compras para la confección de la correspondiente Orden de Compra; tome nota el Departamento Proyectos y Obras y notifíquese a la empresa interesada a través del mencionado Departamento; incorporándose copia del presente decreto al expediente por el cual se tramitó la obra N°416R-1764-2023. Cumplido ARCHÍVESE.-