Boletines/Bahia Blanca

Decreto Nº1154

Decreto Nº 1154

Publicado en versión extractada

Bahia Blanca, 19/05/2025

VISTO el presente expediente iniciado como ALCANCE N° 1 del Expediente Nro. 416R-7285-2024, relacionado con la obra "ESCUELA PRIMARIA Nº 30 - INSTALACIÓN DE CISTERNA", ejecutada por la empresa  TALLERES BJ IRRAZABAL S.A.; y

CONSIDERANDO:

Que de acuerdo con la Ordenanza Nº 20.986, que adhirió al Decreto 290/21 de la Provincia de Buenos Aires, la empresa TALLERES BJ IRRAZABAL S.A., como contratista de la obra de referencia, que le fuera adjudicada por Decreto 3573/2024, presenta la solicitud de redeterminación de precios provisoria del ANTICIPO FINANCIERO de la obra de referencia, dentro de los plazos estipulados por el art. 12 inc. a de la normativa citada.

Que a fs. 1, el Departamento Proyectos y Obras informa que la variación de precios entre el mes base (Noviembre 2024), y el mes de facturación del Anticipo Financiero (Enero 2025), es del 9,2752%, arrojando un monto provisorio redeterminado del ANTICIPO FINANCIERO de PESOS UN MILLÓN CIENTO VEINTICUATRO MIL SEISCIENTOS SETENTA CON NOVENTA Y NUEVE CENTAVOS ($1.124.670,99.-)por lo que el Departamento Proyectos y Obras confecciona el pertinente certificado de redeterminación obrante a fs. 18. Se deberá descontar $56.233,55 en concepto del 5% correspondiente a la garantía de fondo de reparo y $56.233,55 en concepto del 5% correspondiente a la garantía de contrato.-

Asimismo, conforme el art. 12 inc. c de la Ordenanza Nº 20986, se acredita la renuncia a cualquier reclamo por mayores costos, intereses, compensaciones, gastos improductivos o supuestos perjuicios de cualquier naturaleza resultantes del presente proceso, incluida en el certificado de redeterminación, firmado por la contratista.

Que a fs. 23 y 23 vta, la abogada de la Secretaría de Obras y Servicios Públicos y el Subsecretario de Obras Públicas, validan el cumplimiento de los requisitos exigidos por la norma.

Por lo expuesto, teniendo en cuenta los antecedentes obrantes en el presente expediente; lo informado por el Departamento Proyectos y Obras y la imputación realizada a fojas 23 vta. por Subdirección de Presupuesto y Departamento Contaduría General, el INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus facultades,

                                                                     D E C R E T A

ARTICULO 1º: Convalidar el procedimiento de redeterminación de precios provisoria en el marco de la Ordenanza Nº 20986, solicitada por la empresa TALLERES BJ IRRAZABAL S.A., correspondiente a la obra: "ESCUELA PRIMARIA Nº 30 - INSTALACIÓN DE CISTERNA", conforme el certificado redeterminado del ANTICIPO FINANCIERO.-

ARTÍCULO 2º: Ordenar al Departamento Contaduría General a abonar a la Empresa TALLERES BJ IRRAZABAL S.A. en un todo de acuerdo a los considerandos del presente y documentación acompañada, el monto de PESOS UN MILLÓN CIENTO VEINTICUATRO MIL SEISCIENTOS SETENTA CON NOVENTA Y NUEVE CENTAVOS ($1.124.670,99.-), correspondiente a la redeterminación provisoria del ANTICIPO FINANCIERO, contra la presentación de la factura correspondiente,.-

ARTICULO 3º: Encomendar al Departamento Proyectos y Obras a cumplir con lo establecido en los Artículos 18, 19 y 20 de la Ordenanza N° 20.986.-

ARTÍCULO 4º: El gasto precedente deberá imputarse a la Partida Fuente 132, Jurisdicción 1110105000, Cat. Progr. 62.01.00, Gasto 5.4.6.0 del Presupuesto de Gastos vigente.-

ARTÍCULO 5º: Refrende el presente Decreto el Sr. Secretario de Economía.-

ARTÍCULO 6º: Cúmplase, publíquese; dése al RO.; notifíquese a la empresa interesada con copia del Certificado de ANTICIPO FINANCIERO Redeterminado; tomen nota Subdirección de Presupuesto, Departamento Contaduría General, Departamento Proyectos y Obras. Cumplido RESERVESE en el Departamento Proyectos y Obras.