Boletines/Bahia Blanca

Ordenanza Nº22139

Ordenanza Nº 22139

Bahia Blanca, 24/07/2025

VISTO

 

El proyecto de ordenanza obrante a fojas 14, referido a la regularización dominial del barrio Miramar.

 

Y CONSIDERANDO:

 

Que a fojas 1 la Jefatura de Gabinete y Gobierno solicita dar continuidad al trámite de regularización dominial del barrio Miramar.

 

Que a fojas 2 obra pedido formal de la Dirección Provincial de Rgularización de Hábitat del Ministerio de Desarrollo de la Comunidad para la desfectación como Vía Pública de los sectores invadidos por viviendas emplazadas sobre calles y ochavas del barrio Miramar y la cesión de dichas fracciones a la Provincia de Buenos Aires para en un futuro unificar con las manzanas identificadas catastralmente como: Circunscripción II – Sección D – Manzana 278i y Circunscripción II – Sección D – Manzana 278j.

 

Que a fojas 8 el Departamento Territorial informa que por ordenanza 21.161, se desafectó y afectó al uso público las vías de tránsito Los Naranjos entre Garay y Azara, y Azara entre Los Naranjos y El Caldén a efectos de poder instalar el servicio de gas.

 

Que los tramos de calle a desafectar y ceder a la Provincia de Buenos Aires son:

 

  • Calle El Caldén entre Charcas y Azara.

  • Calle Los Naranjos entre Charcas y Azara.

  • Calle Charcas entre Los Naranjos y El Caldén.

  • Calle Garay entre Los Naranjos y El Caldén.

  • Calle Azara entre Los Naranjos y El Caldén.

  • Calle Laudelino Cruz entre Cristo Redentor y Los Naranjos.

 

Que dichos tramos se indican en planimetrías obrantes a fojas 3 a 7, donde se observa ubicación, medidas lineales y superficie a desafectar.

 

Que finalmente, el Departamento Territorial sugiere texto para la redacción de la ordenanza.

 

Por todo lo expuesto, el Honorable Concejo Deliberante, en uso de sus facultades sanciona con fuerza de,

 

ORDENANZA

Artículo 1º – Desaféctanse del uso público los siguientes tramos de calles, las --------------- que se indican de acuerdo a las planimetrías que como Anexos I, II, III, IV y V forman parte de la presente.

 

  • Calle El Caldén entre Charcas y Azara.

  • Calle Los Naranjos entre Charcas y Azara.

  • Calle Charcas entre Los Naranjos y El Caldén.

  • Calle Garay entre Los Naranjos y El Caldén.

  • Calle Azara entre Los Naranjos y El Caldén.

  • Calle Laudelino Cruz entre Cristo Redentor y Los Naranjos.

 

Artículo 2º – Cédense a la Provincia de Buenos Aires las fracciones indicadas enel artículo primero.

 

Artículo 3º – Declárase de interés social la desafectación del uso público de las calles indicadas en el artículo primero y la regularización dominial del barrio.

 

Artículo 4º – Facúltase al Departamento Ejecutivo a suscribir la documentación  necesaria a los efectos de perfeccionar la desafectación y transferencia al estado provincial.

 

Artículo 5º – Comuníquese al Departamento Ejecutivo para su cumplimiento.

 

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA A LOS VEINTICUATRO DÌAS DEL MES DE JULIO DE DOS MIL VEINTICINCO.