Boletines/Bahia Blanca
Resolución Nº 955
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 22/07/2025
Visto las presentes actuaciones, referidas a la solicitud de Habilitación interpuesta por Kierzner Jorge Ignacio, con CUIT 20-10631514-1, para desarrollar actividad bajo el rubro de TALLER DE CARPINTERÍA Y REPARACIÓN DE MUEBLES, en el domicilio de la calle PEDRO PICO Nº 70 de la Localidad de Bahía Blanca, y;
CONSIDERANDO
Que por expediente 4007-4319/1995 obtuvo certificado de habilitación industrial N° 28812 en el marco de la Ley 11.459 Decreto 1741/96 para el rubro fabricación de muebles;
Que la solicitud de Habilitación por cambio de rubro a Taller de carpintería y reparación de muebles ha sido interpuesta con fecha 21 de noviembre de 2024, conforme constancias obrantes a fs. 107 y 108;
Que de fs. 109 a 113 y 119 obra documentación aportada por parte interesada a fin de poder evaluar la procedencia de lo solicitado;
Que a fs. 106 y 120 toma debida intervención el Departamento Habilitaciones, labrando las correspondientes Actas de Inspección Nº 6284, 6063 y 6631 de fecha 08/10/2024, 13/12/2024 y 15/05/2025 respectivamente; dejando constancia que el local reúne buenas condiciones de seguridad e higiene;
Que a fs. 128 se acompaña constancia de cumplimiento tributario para Habilitación Municipal debidamente intervenida por el Departamento Recaudación;
Que se han cumplimentado los requisitos exigidos por Ley Nº 7315/67 y su Decreto Nº 1123/93;
Que atento a los informes producidos por el Departamento de Recaudación y el Departamento Habilitaciones, se concluye que resulta procedente hacer lugar a la solicitud de Habilitación interpuesta;
Por ello, el Subsecretario de Ingresos Públicos de la Municipalidad de Bahía Blanca, en uso de las atribuciones conferidas por el Decreto 2900/2021;
- R E S U E L V E -
ARTICULO 1º)- Habílitase a Kierzner Jorge Ignacio con CUIT 20-10631514-1, contribuyente Nº 3072, para desarrollar actividades bajo el rubro TALLER DE CARPINTERÍA Y REPARACIÓN DE MUEBLES, en el domicilio de la calle PEDRO PICO Nº 70 de la ciudad de Bahía Blanca.
ARTICULO 2º)- Expídase Certificado de Habilitación Nº 511/2025 a nombre de Kierzner Jorge Ignacio, Contribuyente Nº 3072 de acuerdo a lo establecido en el Artículo Primero de la presente Resolución.
ARTICULO 3º)- Déjese constancia que la vigencia de la habilitación otorgada en el Artículo Primero de la presente Resolución, quedará supeditada al mantenimiento de las condiciones que hicieran posible su otorgamiento, y al cumplimiento de la normativa actual y futura que regule la actividad para la cual fuera otorgada la habilitación.
ARTICULO 4º)- Dispóngase que la modificación de la razón social, traslado del establecimiento, modificación de las instalaciones que involucren cambios fundamentales o variaciones en la naturaleza de sus actividades, conllevará a la caducidad de la habilitación otorgada, pudiendo el Departamento Ejecutivo conceder un plazo al contribuyente para la regularización correspondiente.-
ARTICULO 5º)- Cúmplase, dese al R.O., tomen nota Departamento de Habilitaciones, Departamento Recaudación, Departamento Saneamiento Ambiental, cumplido. Archívese.