Boletines/Bahia Blanca

Decreto Nº1865

Decreto Nº 1865

Publicado en versión extractada

Bahia Blanca, 25/07/2025

VISTO estos actuados por los que tramita el segundo llamado a Licitación Pública Nº437R-2616-2024 para la ejecución de la obra: “RECONSTRUCCIÓN DE INFRAESTRUCTURA EN LA CIUDAD DE BAHÍA BLANCA - ETAPA I", a realizarse mediante sistema de contratación POR UNIDAD DE MEDIDA Y PRECIOS UNITARIOS, con un anticipo financiero del 30% y sin redeterminación de precios; y

CONSIDERANDO:

Que conforme se desprende de las Especificaciones Legales Particulares, la presente obra
será financiada con fondos otorgados por la Provincia de Buenos Aires, a través del Convenio celebrado entre la Municipalidad de Bahía Blanca y el Ministerio de Infraestructura
y Servicios de la Provincia de Buenos Aires.-

Que con fecha 10 de Julio de 2025 se realizó el Acto Licitatorio, en el cual se presentó un solo oferente, la empresa ELECTROMECÁNICA R.I. de RUBÉN INSUA, que cotizó por un monto de $290.542.460 lo que significa un aumento del 16,02%, con respecto al Presupuesto Oficial. 

Que a fs. 285 el Departamento Mantenimiento de Alumbrado Público informa que habiéndose efectuado el análisis de la única propuesta presentada por la empresa ELECTROMECÁNICA R.I. de RUBÉN INSUA, que cotizó por un monto de PESOS DOSCIENTOS NOVENTA MILLONES QUINIENTOS CUARENTA Y DOS MIL CUATROCIENTOS SESENTA ($290.542.460), sugiere, previa aprobación por parte del Honorable Concejo Deliberante, se adjudique la obra dicha empresa.-

 Que a fs. 285 vuelta el Departamento Registro de Licitadores informa que no se formulan observaciones y que la empresa cumple con lo establecido en el Decreto Nº1257/2018 artículos 4° y 6º; y artículo 3º incisos p1 y p2 de su Reglamento. Por su parte a fs. 286 el Departamento Compras no formula observaciones, en relación al procedimiento de contrataciones.

Que debido a que se trata de una oferta única, y de acuerdo al Artículo Nº 155 de la Ley Orgánica de las Municipalidades, debe solicitarse autorización al Honorable Concejo Deliberante para proceder a su adjudicación.

Que atento a ello, el Honorable Cuerpo otorga la mencionada autorización por Ordenanza Nº 22.138, sancionada el día 24 de Julio de 2025 y recibida en este Departamento Ejecutivo el día 25 de Julio de 2025.

Por lo expuesto, el INTENDENTE MUNICIPAL en uso de sus facultades,

                                                                - DECRETA -

ARTICULO 1º: Promúlgase; acúsese recibo y regístrase con el número 22.138, la Ordenanza que autoriza en los términos del Artículo Nº 155 de la Ley Orgánica de las Municipalidades, la aceptación de la oferta única para la ejecución de la obra: “RECONSTRUCCIÓN DE INFRAESTRUCTURA EN LA CIUDAD DE BAHÍA BLANCA - ETAPA I".-

ARTICULO 2º: Adjudicar a la empresa ELECTROMECÁNICA R.I. de RUBÉN INSUA, la ejecución de la obra: “RECONSTRUCCIÓN DE INFRAESTRUCTURA EN LA CIUDAD DE
BAHÍA BLANCA - ETAPA I", por un monto de PESOS DOSCIENTOS NOVENTA MILLONES QUINIENTOS CUARENTA Y DOS MIL CUATROCIENTOS SESENTA ($290.542.460), a realizarse mediante sistema de contratación POR UNIDAD DE MEDIDA Y PRECIOS UNITARIOS, con un anticipo financiero del 30% y sin redeterminación de precios, de acuerdo a lo estipulado en el Pliego de Bases y Condiciones  y a los considerandos del presente y demás especificaciones que resulten del expediente N°437R-2616-2025.-

ARTÍCULO 3º: El gasto originado por esta obra deberá imputarse a la Fuente 132, Jurisdicción 1110105000, Cat. Prog. 78.75.00, Gasto 4.2.2.0, del Presupuesto de Gastos Vigente.

ARTÍCULO 4º: Hágase saber a la empresa adjudicataria que, dentro del plazo de cinco (5) días de notificado el presente, deberá concurrir a la Secretaría de Obras y Servicios Públicos a firmar el contrato, afianzando su cumplimiento con la garantía establecida en el Artículo 30° del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales. La no integración dentro del plazo estipulado implicará la pérdida de la garantía de mantenimiento de oferta.

ARTICULO 5º: Refrendar el presente Decreto por el Sr. Secretario de Economía.

ARTÍCULO 6º: Cúmplase, publíquese, dése al R.O. Comuníquese a la Empresa interesada y al Honorable Concejo Deliberante; pase al Departamento Compras para la confección de la correspondiente Orden de Compra y tome nota el Departamentos Mantenimiento de Alumbrado Público, y el Registro de Licitadores y Obras por Consorcio.
NFM.-