Boletines/Bahia Blanca

Decreto Nº1866

Decreto Nº 1866

Publicado en versión extractada

Bahia Blanca, 25/07/2025

VISTO estos actuados por los que se tramita el llamado a Licitación Privada Nº 417R-2549-2025 para la ejecución de la obra “LIMPIEZA CONDUCTO DE DESAGÜES PLUVIALES CALLE GODOY CRUZ ENTRE RIVADAVIA Y CHACABUCO", a realizarse mediante sistema de contratación AJUSTE ALZADO, sin ANTICIPO FINANCIERO ni REDETERMINACIÓN DE PRECIOS;  y,

CONSIDERANDO:

Que con fecha 11 de Junio de 2025 se realizó el Acto Licitatorio, en el cual se presentó un único oferente, la empresa ROMANISA SOLUCIONES INTEGRALES S.A.,  que cotizó por un monto de $79.399.438,85 lo que significa un aumento del 3,7583%, con respecto al Presupuesto Oficial. 

Que el Departamento Vialidad a fojas 163 informa que la empresa ROMANISA SOLUCIONES INTEGRALES S.A. cotizó por un monto de $79.399.438,85, que debido a errores aritméticos el número correcto de la cotización es de  $79.399.438,86, el cual significa una REBAJA del 3,75% con respecto al Presupuesto Oficial.

Que atento a lo expuesto en el párrafo anterior y considerando los antecedentes que obran en el Departamento Vialidad y, para dar cumplimiento a lo indicado en el Art. 29° del PBCG y Art. 11°) CRITERIOS A SEGUIR PARA LA ADJUDICACIÓN DE LAS OBRAS, de las Especificaciones Legales Particulares del Pliego de Bases y Condiciones, el Departamento Técnico de este municipio comunica que la única propuesta presentada correspondiente a la Empresa ROMANISA SOLUCIONES INTEGRALES S.A. que cotiza por un total de PESOS SETENTA Y NUEVE MILLONES TRESCIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y OCHO CON OCHENTA Y SEIS CENTAVOS ($79.399.438,86.-), lo cual resulta conveniente a los intereses municipales.

Que a fojas 164 el Departamento Registro de Licitadores informa, que la empresa cumple de acuerdo a lo establecido en el Decreto Nº 1257/2018 artículos 4º y 6º y artículo 3º incisos p1 y p2 de su reglamento, y no se formulan observaciones. Por su parte el Departamento Compras a fojas 165 no formula observaciones, en relación al procedimiento de contrataciones.

Que debido a que se trata de una oferta única, y de acuerdo al Artículo Nº 155 de la Ley Orgánica de las Municipalidades, debe solicitarse autorización al Honorable Concejo Deliberante para proceder a su adjudicación.

Que atento a ello, ese Honorable Cuerpo otorga la mencionada autorización por Ordenanza Nº22.136, sancionada el día 24 de Julio de 2025 y recibida en este Departamento Ejecutivo el día 25 de Julio de 2025.

Que atento a ello, el INTENDENTE MUNICIPAL en uso de sus facultades,

DECRETA

ARTICULO 1º: Promúlgase; acúsese recibo y regístrase con el número 22.136, la Ordenanza que autoriza en los términos del Artículo Nº155 de la Ley Orgánica de las Municipalidades, la aceptación de la oferta única para la ejecución de la obra: “LIMPIEZA CONDUCTO DE DESAGÜES PLUVIALES CALLE GODOY CRUZ ENTRE RIVADAVIA Y CHACABUCO".

ARTICULO 2º: Adjudicar a la empresa ROMANISA SOLUCIONES INTEGRALES S.A. la ejecución de la obra: “LIMPIEZA CONDUCTO DE DESAGÜES PLUVIALES CALLE GODOY CRUZ ENTRE RIVADAVIA Y CHACABUCO", por un monto de PESOS SETENTA Y NUEVE MILLONES TRESCIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y OCHO CON OCHENTA Y SEIS CENTAVOS ($79.399.438,86.-), a realizarse mediante sistema de contratación AJUSTE ALZADO, sin ANTICIPO FINANCIERO ni REDETERMINACIÓN DE PRECIOS, de acuerdo a lo estipulado en el Pliego de Bases y Condiciones, y demás especificaciones que resulten del expediente 417R-2549-2025.-

ARTICULO 3º: El gasto originado por esta obra deberá imputarse a la Fuente 131, Jurisdicción 1110105000, Cat. Prog. 01.16.00, Gasto 3.3.6.0, del Presupuesto de Gastos Vigente.-

ARTICULO 4º: Hágase saber a la empresa adjudicataria que, dentro del plazo de cinco (5) días de notificado el presente, deberá concurrir a la Secretaría de Obras y Servicios Públicos a firmar el contrato, afianzando su cumplimiento con la garantía establecida en el Artículo 30° del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales. La no integración dentro del plazo estipulado implicará la pérdida de la garantía de mantenimiento de oferta.-

ARTICULO 5º: Refrende el presente decreto, el Sr. Secretario de Economía.

ARTICULO 6º: Cúmplase, publíquese, dése al R.O. Comuníquese a la Empresa interesada; pase al Departamento Compras para la confección de la correspondiente Orden de Compra y tome nota  el Departamento de Registro de Licitadores y Obras por Consorcios y el Departamento Vialidad.-