Boletines/Bahia Blanca

Decreto Nº1762

Decreto Nº 1762

Publicado en versión extractada

Bahia Blanca, 10/07/2025

Visto las presentes actuaciones, referidas a la adquisición de alimentos frescos (carne y pollo) para Instituciones Mamas Cuidadoras, dependientes de la Subsecretaria de Niñez, Adolescencia y Familia, y;

CONSIDERANDO

Que se efectuó el correspondiente Concurso de Precios N.º 2272/2025, recibiéndose las propuestas económicas de dos (2) firmas inscriptas en el Registro de Proveedores de las cuatro (4) invitadas a cotizar, según consta en los certificados de notificación adjuntos obrantes de fojas 9 a 12;

Que a fojas 16, obra Acta de Apertura en la que se presentaron las firmas COOPERATIVA DE TRABAJO 11 DE MAYO LIMITADA, total de oferta económica de $24.412.010 y FRIGORÍFICO SUR S.A., total de oferta económica de $9.031.750;

Que a fojas 22, el Departamento Compras sugiere se adjudique a COOPERATIVA DE TRABAJO 11 DE MAYO LIMITADA, Proveedor N.º 6033, los ítem 1 a 4 por mejor oferta total en el rubro carne vacuna, y el ítem 5 por ser única oferta en el rubro pollo, por un importe total de $24.412.010. 

En aplicación del artículo 199 de la Ley Orgánica Municipal, debido al volumen de trabajo y al no encontrarse dentro del ámbito municipal la recepción, control y entrega de la mercancía objeto de la licitación, se delega dicha responsabilidad a los agentes designados a fojas 4 del presente suministro;

Por lo expuesto, el INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus facultades:

DECRETA

ARTÍCULO 1º)- Adjudicase a COOPERATIVA DE TRABAJO 11 DE MAYO LIMITADA, Proveedor N.º 6033, la provisión de alimentos frescos (carne y pollo) para Instituciones Mamas Cuidadoras, dependientes de la Subsecretaria de Niñez, Adolescencia y Familia, por un importe total de PESOS  VEINTICUATRO MILLONES CUATROCIENTOS DOCE MIL DIEZ ($24.412.010.-), en un todo de acuerdo a los considerandos del presente Decreto.

ARTÍCULO 2º)- Dejase constancia que los agentes responsables de la recepción, control y entrega de la mercadería objeto de esta contratación serán: Pamela AYALA, Directora, Legajo Nº 15.613; Vanina DITRANTI, Secretaria, Legajo Nº 13.602 (Mamás Cuidadoras), conforme al Artículo 199 de la Ley Orgánica de las Municipalidades.

ARTÍCULO 3º)- Cúmplase, notifíquese, publíquese y dése al Registro Oficial, tome nota el Departamento Compras, hecho: ARCHÍVESE.