Boletines/Bahia Blanca
Decreto Nº 966
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 28/04/2025
VISTO la nota obrante a fojas 1 del expediente de referencia, elevada por el Subsecretario de Movilidad Urbana y Transporte, referida a la suscripción del Convenio Específico de Colaboración a celebrarse entre el Departamento de Ciencias de la Salud de la Universidad Nacional de Sur y este Municipio, tendiente a la realización de trabajos de investigación y análisis sobre la Accidentologia Vial en el Partido de Bahía Blanca; y
CONSIDERANDO:
Que tanto el Municipio como dicha casa de estudios, están interesadas en fortalecer las relaciones recíprocas de cooperación y asistencia técnica a través de la concreción eficaz de objetivos a partir de la suscripción de acuerdos específicos, en el marco de los convenios de Cooperación oportunamente celebrados, y de lo previsto por el artículo 7° de la Ordenanza 14.948.
Que dicho convenio específico tiene como objetivo continuar con los trabajos propuestos en el convenio suscripto el día 13 de junio de 2024, realizando tareas de recopilación de datos de accidentes de tránsito y víctimas de los mismos, tendientes a lograr el desarrollo de un Mapa Accidentológico o de Riesgo de investigación y análisis sobre la Accidentología Vial en el Partido de Bahía Blanca.
Por lo expuesto, y teniendo en cuenta la imputación de la Subdirección de Presupuesto y del Departamento Contaduría General obrante a fojas 5 del presente expediente; el INTENDENTE MUNICIPAL en uso de las facultades,
D E C R E T A
ARTICULO 1°) Registrar en todas sus partes el Convenio Específico de Colaboración celebrado con fecha 16 de mayo de 2025 entre la Municipalidad de Bahía Blanca y el Departamento de Ciencias de la Salud de la Universidad Nacional del Sur, obrante en el expediente de referencia, el cual tiene por objeto general llevar a cabo trabajos de investigación y análisis sobre la Accidentología Vial en el Partido de Bahía Blanca, por un término de doce meses a contar a partir del día 19 de junio de 2025 tal lo establecido en la clausula novena del mismo.
ARTICULO 2°) Autorizar a la Contaduría General a librar ordenes de pagos a favor de la FUNDACIÓN DE LA UNIVERSIDAD DEL SUR, CUIT 30-66417781-8, por medio de transferencia bancaria en la cuenta que se encuentra registrada CBU 01404603-01620700136804- de la cuenta corriente N° 1368/0 del Banco Provincia de Buenos Aires, Sucursal 6207, en un todo de acuerdo a lo establecido en la cláusula 4º del Convenio Específico de Colaboración registrado en el Artículo 1º.
ARTICULO 3°) El gasto que demande lo dispuesto precedentemente deberá imputarse a la Partida del Presupuesto de gastos vigente: Fuente 110, Jurisdicción 1110125000, Cat. Programática 01.01.00, Gasto 3.4.1.0 .
ARTICULO 4°) Cumplir, notificar, tomar nota Subsecretaría de Movilidad Urbana y Transporte, Agencia de Seguridad Vial, Subdirección de Presupuesto, Departamento Contaduría General; publicar, dar al R.O. hecho, Elevar al Honorable Concejo Deliberante a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en el Articulo 273 del Decreto Ley 6769/58.