Boletines/Bahia Blanca
Resolución Nº 28
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 10/07/2025
Visto las presentes actuaciones relacionadas con la solicitud realizada a fs. 20 respecto a encomendar por un nuevo periodo la función de Subdirectora de Comunicación Institucional a la agente Alejandra Noemí Larosa, legajo N° 14.830; y teniendo el cuenta el informe elevado por la Subdirección de Capital Humano a fs. 21 y la imputación de la Subdirección de Presupuesto y Planificación y de Contaduría General a fs. 21 vta.; el INTENDENTE MUNICIPAL en uso de sus facultades,
-R E S U E L V E-
ARTÍCULO 1º: Encomendar a la agente Alejandra Noemí Larosa, legajo N° 14.830, la función jerárquica de Subdirectora de Comunicación Institucional, quien reviste en categoría 05/1D, manteniendo su carga horaria semanal ampliada de cuarenta y cuatro (44) horas, abonándole la diferencia entre su categoría de revista actual y la categoría 02/1A, en virtud de las tareas encomendadas y de acuerdo a lo establecido en el articulo N°275 de la Ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires, manteniendo su jornada horaria semanal, y la categoría efectiva, dependiente de la Dirección General de Prensa, a partir del 1° de julio de 2025 y hasta el 31 de diciembre de 2025, y mientras la agente desempeñe efectivamente la función de Subdirectora.
ARTÍCULO 2º)- Déjase constancia que durante el período en que se encomienda la función, si la agente Alejandra Noemí Larosa, legajo N° 14.830, hace uso de licencia alguna dejará de percibir la diferencia de categoría hasta tanto dure su ausencia, abonándosele la diferencia de cargo al agente reemplazante.
ARTÍCULO 3º: El presente gasto deberá imputarse a la Fuente. 110, Jurisdicción. 1110101000, Cat. Prog. 01.01, Gasto. 1.1.1.5 del Presupuesto de Gastos Vigente.-
ARTÍCULO 4º: Cúmplase, notifíquese, tome nota el Departamento Administración del Personal, Dirección General de Capital Humano, Contaduría General, Subdirección de Comunicación Institucional, publíquese, dése al R.O.; RESÉRVESE.-