Boletines/Bahia Blanca
Resolución Nº 603
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 14/05/2025
Visto las presentes actuaciones, referidas a la solicitud de Permiso de funcionamiento interpuesta por Adriana Ester ALBERTELLA, con CUIT 27-20903435-8, Contribuyente Nº 83.991, para la explotación en la vía pública de un carrito para la Venta de cubanitos pochoclos, garrapiñadas, café, té, licuados, gaseosas y agua, ubicado en calle Parchappe N° 1.050, Ciudad de Bahía Blanca;
CONSIDERANDO
Que a fojas 79 se adjunta Acta de Inspección Nº 89.915 de fecha 06/03/2025 en la que deja constancia que el carrito cumple con los requisitos de la Ordenanza Nº 11.866;
Que a fojas 81 la solicitud de Inscripción ha sido interpuesta con fecha 30 de abril de 2025;
Que de fojas 83 a 85 obra documentación aportada por parte de la interesada a fin de poder evaluar la procedencia de lo solicitado;
Que se han cumplimentado los requisitos exigidos por la Ordenanza Nº 11.866, concordantes y modificatorias;
Que atento a los informes producidos por el Departamento de Recaudación y el Departamento Habilitaciones, se concluye que resulta procedente hacer lugar a la solicitud de Habilitación interpuesta;
Por ello, el Subsecretario de Ingresos Públicos de la Municipalidad de Bahía Blanca, en uso de las facultades delegadas mediante Decreto Nº 2900/2021;
- R E S U E L V E -
ARTÍCULO 1º)- Otórgase el correspondiente Permiso de Funcionamiento a Adriana Ester ALBERTELLA, con CUIT 27-20903435-8, Contribuyente Nº 83.991, para la explotación en la vía pública de un carrito para la Venta de cubanitos pochoclos, garrapiñadas, café, té, licuados, gaseosas y agua, ubicado en calle Parchappe N° 1.050, Ciudad de Bahía Blanca, por el término de un (1) año a partir de su notificación, en un todo de acuerdo a los considerandos de la presente Resolución.
ARTÍCULO 2°)- Déjese constancia que la vigencia del Permiso otorgado en el Artículo Primero de la presente Resolución, quedará supeditado al mantenimiento de las condiciones que hicieran posible su otorgamiento, y al cumplimiento de la normativa actual y futura que regule la actividad para la cual fuera otorgado el Permiso.
ARTÍCULO 3°)- Dispóngase que la modificación de la razón social, traslado del establecimiento, modificación de las instalaciones que involucren cambios fundamentales o variaciones en la naturaleza de sus actividades, conllevará a la caducidad del Permiso otorgado, pudiendo el Departamento Ejecutivo conceder un plazo al contribuyente para la regularización correspondiente.
ARTICULO 4º)- Cúmplase, tomen nota Departamento Recaudación, Departamento de Habilitaciones, dése al R.O., hecho: Archívese.