Boletines/Bahia Blanca
Resolución Nº 77
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 30/06/2025
VISTO el artículo 1° de la ley 14.656 (Régimen Marco de Empleo Municipal) y el Convenio Colectivo de Trabajadores Municipales de Bahía Blanca, y,
CONSIDERANDO,
Que siguen vigentes las necesidades de servicio que oportunamente fundamentaron la prolongación de la jornada horaria semanal de agentes de planta permanente de la dependencia solicitante, siendo necesario proceder a prorrogar la misma.
Que el presente acto administrativo culmina un proceso desarrollado íntegramente en forma digital, conforme a lo establecido en el Decreto N° 1209/2016 (Sistema de Gestión de Documentos Electrónicos) y el Decreto N° 1354/2016 (Sub-Módulo Renovación de Ampliaciones Horarias) y su Anexo II, en el que intervinieron la dependencia solicitante, la Subdirección de Capital Humano, la Subdirección de Presupuesto y Contaduría General.
Por lo expuesto precedentemente el Sr. INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus facultades;
RESUELVE
ARTICULO 1º) - Amplíese, a partir del 1º de julio y hasta el 31 de diciembre del 2025, a treinta y cinco (35) horas semanales, la jornada horaria de la agente DONADÍO María José, legajo N° 12358, dependiente de la Dirección de Programas Socioeducativos ( oficina N° 635).
ARTICULO 2º) - Amplíese, a partir del 1º de julio y hasta el 31 de diciembre del 2025, a cuarenta (40) horas semanales, la jornada horaria de la agente ALVAREZ María Andrea, legajo N° 14395, dependiente de la Dirección de Turismo ( oficina N° 793).
ARTICULO 3º) - Déjase constancia que las ampliaciones horarias otorgadas en los artículos precedentes, responden estrictamente a razones de servicio de la AGENCIA DE INNOVACION, DESARROLLO PRODUCTIVO Y URBANISMO
ARTICULO 4º) - Déjase constancia que vencido el período dispuesto para las ampliaciones horarias y en caso de que persistan las necesidades que motivan las mismas, se efectuará una nueva evaluación, previo informe del Jefe del área sobre el desempeño de las agentes.
ARTICULO 5º) - Hágase saber a las dependencias involucradas que deberán informar debidamente al Departamento Administración del Personal la modalidad de cumplimiento de la jornada prolongada de las agentes mencionadas anteriormente.
ARTICULO 6º) - El gasto dispuesto en los artículos precedentes deberá imputarse a la Fuente 110, Jurisdicción 1110124000, Actividad Programática 01.01.00, Gasto 1.1.1.3 y 1.1.1.4, .
ARTICULO 7º) - Cúmplase, notifíquese, tomen nota Departamento Administración de Personal, Subdirección de Presupuesto, Contaduría General, Dirección General de Capital Humano, dése al R.O., cumplido: ARCHÍVESE.