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Decreto Nº1791

Decreto Nº 1791

Publicado en versión extractada

Bahia Blanca, 15/07/2025

 Visto la necesidad de llamar a concurso abierto de dos (2) cargos para la Residencia en el área de Psicología Social y Comunitaria de la Secretaría de Salud, tal lo especificado a fojas 1, por la Jefa de la Unidad de Docencia e Investigación en Salud,

    Que el mencionado concurso se realizará en base a la reglamentación vigente de Residencias de Profesionales de la Salud de la Municipalidad de Bahía Blanca, establecida mediante Decreto Reglamentario 47/2021, Anexo II, en virtud a lo dispuesto en la Ordenanza 19.764 de Carrera Profesional de la Salud de la Municipalidad de Bahía Blanca.

    Que a fojas 2, el Secretario de Salud informa que en el presente año finalizarán la designación como personal preescalafonario de dos (2) residentes, dando lugar al presente llamado.

   Teniendo en cuenta lo expuesto y la sugerencia de la Subsecretaría de Capital Humano para el dictado del acto administrativo correspondiente, el INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus facultades,

DECRETA

PRIMERO: Llámese a concurso abierto de ingreso al Régimen de Residencias, de acuerdo a lo determinado en el Título III, artículo 17º de la Ordenanza N° 19.764 y su correspondiente reglamentación en Decreto 47/2021, Anexo 2°, Capítulos VIII y IX, para la cobertura de dos (2) cargos para la Residencia en el área de Psicología Social y Comunitaria, categoría 9/10, con una jornada horaria de cuarenta y cuatro (44) horas semanales.

SEGUNDO: Son requisitos exigibles e indispensables para que se configure formalmente la inscripción

  • Planilla de inscripción, la cual será solicitada a partir de la fecha de inscripción al mail de la Unidad de Docencia e Investigación en Salud: docenciasaludbahia@outlook.es, y cumplimentada con los datos requeridos, teniendo carácter de Declaración Jurada, la que se aprueba y se incorpora como Anexo I de la presente.

  • Certificado de cada uno de los datos detallados en la Planilla de inscripción mencionada precedentemente.

  • No exceder los cinco (5) años de recibido.

  • Poseer titulo profesional habilitante expedido por universidades nacionales del país o revalidados por la misma, legalizado por el Ministerio de Educación, de Justicia y del Interior. Presentación de fotocopia autenticada del título. En caso de presentar certificado de Título en Trámite la inscripción será condicionada hasta la presentación del Título Profesional Habilitante.

  • Ser Argentino nativo, por opción o naturalizado.

  • Presentación del Documento Nacional de Identidad del postulante y fotocopia del mismo.

En caso de no cumplimentar estos requisitos se deberá proceder al rechazo de la solicitud de inscripción, notificándosele al solicitante.

TERCERO: Para la adjudicación del cargo el postulante deberá acreditar aptitud psico-física, lo cual será determinado por el Servicio de Salud Laboral de la Municipalidad de Bahía Blanca, según Art. 6, inc. 4) Ordenanza 19.764 y anexo 2 capítulo IX artículo 38° del Decreto 47/2021 y matrícula habilitante.

CUARTO:  Fíjense los siguientes plazos:

  • Publicación: los días 23, 24 y 25 de julio de 2025  en la web de la Municipalidad de Bahía Blanca https://www.bahia.gob.ar/salud/concursos/

  • Inscripción: desde el 04 al 08 de agosto 2025 en el horario de 8:00 hs. a 13:00 hs. en la Secretaría de Salud, Chiclana 451, Planta Alta.

  • Entrega de certificados de inscripción,  listado definitivo de inscriptos, jurado designado desde el mail: docenciasaludbahia@outlook.es el día 11 de agosto de 2025, debiendo confirmar recepción.

  • Entrega de temario, bibliografía, listado de jurado definitivo, lugar y horarios de examen: 14 de agosto de 2025.
  • Examen escrito y entrevista:  28 y 29 de agosto de 2025.

  • Se evaluará:

         1) Antecedentes según planilla de Declaración Jurada (ANEXO I)

         2) Examen escrito de elección múltiple.

         3) Entrevista.

  • Publicación del Orden de Mérito: el día habíl siguiente a la finalización del examen, el cual será notificado desde el mail: docenciasaludbahia@outlook.es a cada uno de los inscriptos.

  • Aceptación del cargo: a confirmar en Mesa de Entrada de la Secretaría de Salud, Chiclana 451, Planta Alta.

QUINTO: Constitución de los Jurados según título III, artículo 19° de la Ordenanza 19.764

  • Tres (3) profesionales en representación del Dpto. Ejecutivo, con voz y voto. Uno de los tres profesionales tendrá la presidencia del jurado y doble voto en caso de empate.

  • Un (1) representante de la profesión en concurso, designado por la entidad profesional a cuyo cargo se halle el manejo de la matrícula, con voz y voto.

  • Un (1) representante de la Asociación de Profesionales, con voz y voto.

Los Jurados estarán integrados por un número igual de suplentes que los miembros titulares, elegidos en la misma forma que estos, cuya función será reemplazar a aquéllos en caso de ausencia, excusación o recusación aceptada, pudiendo sesionar válidamente los Jurados con más del cincuenta (50) por ciento de sus miembros. En todos los casos, los votos de los miembros deberán ser fundados.

Los miembros de los jurados podrán excusarse o ser recusados dentro de los tres (3) días hábiles de haber sido hecha pública su designación, por escrito fundado ante la Dirección del Establecimiento o ante la Secretaria de Salud, según corresponda.

En el plazo de cinco (5) días hábiles de notificado, se podrán recurrir las decisiones del Jurado e impugnar. El Jurado estudiará y resolverá de manera fundada las impugnaciones y apelaciones presentadas en primera instancia.

Dentro de los cinco días de notificado el recurso resuelto por el Jurado podrá recurrirse en segunda instancia ante la Comisión Permanente de Carrera Profesional de la Salud, la que se expedirá en forma definitiva.

Tanto el Jurado como la Comisión de Carrera deberán expedirse en un plazo no mayor de cinco (5) y diez (10) días hábiles respectivamente de interpuestos los recursos.

SEXTO: Refrende el presente Decreto el Director de la Agencia de Salud, Desarrollo Social, Ambiente y Hábitat.

SEPTIMO: Cúmplase, publíquese, dése al R.O. y resérvese en la Secretaría de Salud para la realización del concurso respectivo. Hecho, ARCHÍVESE.

Anexos

Residencia en el área de Psicología Social y Comunitaria de la Secretaría de Salud

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