Boletines/Bahia Blanca
Decreto Nº 1787
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 14/07/2025
VISTO estos actuados por los que se tramita el llamado a Licitación Pública Nº 417R-2976-2025 para la ejecución de la obra: “RECONSTRUCCION DE INFRAESTRUCTURA EN LA CIUDAD DE BAHÍA BLANCA - REENCARPETADO ASFÁLTICO ETAPA 1", a realizarse mediante sistema de contratación UNIDAD DE MEDIDA Y PRECIOS UNITARIOS, sin anticipo financiero y sin redeterminación de precios, con un Presupuesto Oficial de $716.023.931,48; y,
CONSIDERANDO:
Que conforme se desprende de las Especificaciones Legales Particulares, la presente obra será financiada con fondos otorgados por la Provincia de Buenos Aires, a través del Convenio celebrado entre la Municipalidad de Bahía Blanca y el Ministerio de Infraestructura y Servicios de la Provincia de Buenos Aires.-
Que el día 4 de Julio de 2025, se realizó la apertura de la licitación, de acuerdo al acta obrante a fojas 431/433; surgiendo de la misma que se presentaron tres oferentes, las Empresas INGENIERÍA Y ARQUITECTURA S.R.L., COINCE BAHIA S.A. y RIMSOL S.A.-
Que a fojas 434, el Departamento Vialidad informa que la primera propuesta corresponde a la firma INGENIERÍA Y ARQUITECTURA S.R.L. la que cotiza por un total de $857.281.817,43 lo que significa un aumento del 19,73% con respecto al Presupuesto Oficial, presenta la documentación exigida en el Pliego de Bases y Condiciones; la segunda propuesta corresponde a la empresa COINCE BAHIA S.A. la que cotiza por un total de $841.329.580,27 lo que significa un aumento del 17,50% con respecto al Presupuesto Oficial, presenta la documentación exigida en el Pliego de Bases y Condiciones; la tercera propuesta corresponde a la empresa RIMSOL S.A., la que cotiza por un total de $856.208.114,88 lo que significa un aumento del 19,58% con respecto al Presupuesto Oficial, presenta la documentación exigida en el Pliego de Bases y Condiciones.-
Que atento a lo expuesto en el párrafo anterior y considerando los antecedentes que obran en el Departamento Vialidad y, para dar cumplimiento a lo indicado en el Art. 11°) CRITERIOS A SEGUIR PARA LA ADJUDICACIÓN DE LAS OBRAS, de las Especificaciones Legales Particulares del Pliego de Bases y Condiciones, el Departamento Técnico de este municipio comunica que la propuesta más económica es la correspondiente a la Empresa COINCE BAHIA S.A. por un total de PESOS OCHOCIENTOS CUARENTA Y UN MILLONES TRESCIENTOS VEINTINUEVE MIL QUINIENTOS OCHENTA CON VEINTISIETE CENTAVOS ($ 841.329.580,27.-).-
Que a fs 435 el Departamento Registro de Licitadores informa que la empresa cumple de acuerdo a lo establecido en el Decreto Nº 1257/2018 artículos 4º y 6º y artículo 3º incisos p1 y p2 de su reglamento, y no se formulan observaciones; a fs 436 el Departamento Compras no formula observaciones, en relación al procedimiento de contrataciones.
Que atento a ello, el INTENDENTE MUNICIPAL en uso de sus facultades,
DECRETA
ARTICULO 1º: Adjudicar a la empresa COINCE BAHIA S.A. la ejecución de la obra: “RECONSTRUCCION DE INFRAESTRUCTURA EN LA CIUDAD DE BAHÍA BLANCA - REENCARPETADO ASFÁLTICO ETAPA 1", por un monto de PESOS OCHOCIENTOS CUARENTA Y UN MILLONES TRESCIENTOS VEINTINUEVE MIL QUINIENTOS OCHENTA CON VEINTISIETE CENTAVOS ($ 841.329.580,27.-), a realizarse mediante sistema de contratación UNIDAD DE MEDIDA Y PRECIOS UNITARIOS, sin anticipo financiero y sin redeterminación de precios, de acuerdo a lo estipulado en el Pliego de Bases y Condiciones y demás antecedentes obrantes en el expediente 417R-2976-2025.-
ARTICULO 2º: El gasto originado por esta obra deberá imputarse a la Fuente 132, Jurisdicción 1110105000, Cat. Prog. 78.75.00, Gasto 4.2.2.0., del Presupuesto de Gastos Vigente.-
ARTICULO 3º: Hágase saber a la empresa adjudicataria que, dentro del plazo de cinco (5) días de notificado el presente, deberá concurrir a la Secretaría de Obras y Servicios Públicos a firmar el contrato, afianzando su cumplimiento con la garantía establecida en el Artículo 30° del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales. La no integración dentro del plazo estipulado implicará la pérdida de la garantía de mantenimiento de oferta.-
ARTÍCULO 4º: Refrende el presente Decreto el Sr. Secretario de Economía.-
ARTICULO 5º: Cúmplase, publíquese, dése al R.O. Comuníquese a la Empresa interesada; pase al Departamento Compras para la confección de la correspondiente Orden de Compra y tome nota el Departamento de Registro de Licitadores y Obras por Consorcios y el Departamento Vialidad.-