Boletines/Bahia Blanca

Decreto Nº1768

Decreto Nº 1768

Publicado en versión extractada

Bahia Blanca, 10/07/2025

VISTO el presente expediente iniciado como ALCANCE N° 3 del Expediente N°416R-6030-2024 relacionado con la obra: “E.P. N° 72, E.S. N° 41 - REFACCIÓN EDILICIA - INSTALACIÓN DE GAS Y REFACCIONES", ejecutada por la empresa SVARA INGENIERÍA CIVIL S.R.L.; y

CONSIDERANDO:

Que de acuerdo con la Ordenanza N.º 20.986, que adhirió al Decreto 290/21 de la Provincia de Buenos Aires, la empresa SVARA INGENIERÍA CIVIL S.R.L., como contratista de la obra de referencia, que le fuera adjudicada por Decreto N°3541/2024, presenta la solicitud de redeterminación de precios de la obra de referencia dentro de los plazos estipulados por el art. 12 inc. a de la normativa citada.-

Que a fs. 1 y 22 el Departamento Proyectos y Obras, valida que se encuentran cumplidos las condiciones establecidas por el art. 8 de la Ordenanza 20986. El contrato de obra se encuentra suscripto, se inició la obra y no existen atrasos imputables al contratista.- 

Que asimismo sostiene que el avance de obra cumple con los parámetros dispuestos por el Art. 9, párrafo 1° de la Ordenanza N° 20.986, alcanzando el NOVENTA POR CIENTO (90%) del avance de obra proyectado, aprobado y acumulado. 

Que la variación de precios entre el mes base (Septiembre 2024), y el mes de ejecución de los trabajos del Certificado N° 2 (Enero 2025), es del 11,2321%, arrojando un monto provisorio redeterminado del CERTIFICADO N° 2 de PESOS UN MILLON CIENTO CINCUENTA Y NUEVE MIL SETENTA Y CINCO CON TREINTA Y SIETE CENTAVOS ($1.159.075,37), por lo que el Departamento Proyectos y Obras confecciona el pertinente certificado de redeterminación obrante a fs. 17.

Que por su parte la variación de precio entre el mes base (Septiembre 2024), y el mes de ejecución de los trabajos del Certificado N° 3 (Febrero 2025), es del 12,7006%, arrojando un monto provisorio redeterminado del CERTIFICADO N° 3 de PESOS UN MILLON DOSCIENTOS CUARENTA Y OCHO MIL TRESCIENTOS ONCE CON VEINTE CENTAVOS ($1.248.311,20), por lo que el Departamento Proyectos y Obras confecciona el pertinente certificado de redeterminación obrante a fs. 38.

Que la empresa SVARA INGENIERÍA CIVIL S.R.L presenta Póliza N° 1045202 de la compañía aseguradora ALBA CAUCION S.A. por un monto de $ 1.700.000 en caución por el 5% correspondiente a la garantía por fondo de reparo y Póliza N° 1045201 de la compañía aseguradora ALBA CAUCION S.A. por un monto de $ 1.700.000 en caución por el 5% de garantía de contrato, por lo que no deben retenerse dichos montos de los respectivos certificados .-

Que el art. 12, inc. b de la Ordenanza N° 20.986 exige la presentación de una garantía de fondo de reparo por el monto de ajuste efectuado, respetando el porcentaje estipulado en el contrato para dicha garantía o una ampliación de la garantía oportunamente presentada, la que deberá cumplir las formas establecidas por el art. 15 del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales.-

Asimismo, conforme el art. 12 inc. c de la Ordenanza N.º 20986, se acredita la renuncia a cualquier reclamo por mayores costos, intereses, compensaciones, gastos improductivos o supuestos perjuicios de cualquier naturaleza resultantes del presente proceso, incluida en el certificado de redeterminación, firmado por la contratista.-

Que a fs. 42 vta y 43, la Subsecretaría de Obras Públicas y la Secretaría de Obras y Servicios Públicos, validan el cumplimiento de los requisitos exigidos por la norma.-

Por lo expuesto, teniendo en cuenta los antecedentes obrantes en el presente expediente, lo informado por el Departamento Proyectos y Obras, y la imputación realizada a fs. 42 vta. por la Subdirección de Presupuesto y Departamento Contaduría General, el INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus facultades,

                                                                   

                                                                   DECRETA

ARTICULO 1º: Convalidar el procedimiento de Redeterminación de Precios Provisoria en el marco de la Ordenanza N.º 20986, solicitada por la empresa SVARA INGENIERÍA CIVIL S.R.L., correspondiente a la obra: “E.P. N° 72, E.S. N° 41 - REFACCIÓN EDILICIA - INSTALACIÓN DE GAS Y REFACCIONES" conforme los Certificados de Redeterminación Nº 2 y N° 3.-

ARTÍCULO 2º: Ordenar al Departamento Contaduría General a abonar a la empresa SVARA INGENIERÍA CIVIL S.R.L., en un todo de acuerdo a los considerandos del presente y documentación acompañada, el monto de PESOS UN MILLON CIENTO CINCUENTA Y NUEVE MIL SETENTA Y CINCO CON TREINTA Y SIETE CENTAVOS ($1.159.075,37), correspondiente a la Redeterminación Provisoria del Certificado Nº 2, y el monto de  PESOS UN MILLON DOSCIENTOS CUARENTA Y OCHO MIL TRESCIENTOS ONCE CON VEINTE CENTAVOS ($1.248.311,20), correspondiente a la Redeterminación Provisoria del Certificado Nº 3, contra la presentación de las facturas correspondientes.-

ARTICULO 3º: Encomendar al Departamento Proyectos y Obras a cumplir en el momento correspondiente con lo establecido en los Artículos 18, 19 y 20 de la Ordenanza N° 20.986.-

ARTÍCULO 4º: El gasto precedente deberá imputarse a la Partida Fuente 132, Jurisdicción 1110105000, Cat. Progr. 62.01.00, Gasto 5.4.6.0 del Presupuesto de Gastos vigente.-

ARTÍCULO 5º: Refrende el presente Decreto el Sr. Secretario de Economía.-

ARTÍCULO 6º: Cúmplase, publíquese; dése al RO; notifíquese a la empresa interesada con copia del Certificado de Redeterminación N° 2 y N° 3; tomen nota Subdirección de Presupuesto, Departamento Contaduría General, Departamento Proyectos y Obras. Cumplido RESERVESE en el Departamento Proyectos y Obras.-