Boletines/Adolfo Gonzales Chaves

Decreto Nº46/18

Decreto Nº 46/18

Adolfo Gonzales Chaves, 23/08/2018

Visto

            La  tarea desarrollada en la técnica de vitrofusión dictada en la sede de la E.M.A.P. (Escuela Municipal de Artes Plásticas) de Adolfo Gonzales Chaves, a cargo del docente Edgardo Coronel – Legajo 1191, categoría 11 – 35 horas, y la acefalía y falta de control jerárquico en el establecimiento educativo municipal;

Considerando

Que, la técnica enseñada por el referido docente no cuenta con una matrícula significativa desde hace años;

Que, la misma puede ser practicada por toda la comunidad, no solo como un aprendizaje y pasa tiempo, sino que también puede contribuir a lograr elementos en vitrofusión, útiles para la casa, como así también posibilitando potencialmente una salida laboral;

Que, pese a los reiterados esfuerzos desde éste Bloque para que la técnica sea dictada  al mayor número de personas que se interesen en ella, la matrícula es baja, casi nula, dejándose entrever que no asiste ninguna persona de bajo recursos, vecinos/nas que en definitiva nunca podrán realizar la técnica sino son ayudados por la Escuela Municipal de Artes;

Que, no es dato menor considerar que una alumna que asistía a la escuela pública de artes, hoy desarrolla su propia escuela en un inmueble particular contando con más de 50 alumnas, lo que demuestra a todas luces que interés en la vitrofusión hay, es visible la resistencia que este docente tiene a la hora de dar sus clases a la comunidad;

Que, la infraestructura de la EMAP puede albergar más de un docente en la misma técnica y estos ser contratados mediante asistencias anuales, como en otras artes;

Que, la EMAP no cuenta con el cargo de director/a, por ende es el Director de Cultura, quien titulariza  la misma;

Por todo ello, el honorable concejo deliberante de Adolfo Gonzales Chaves, en uso de sus facultades SANCIONA CON FUERZA DE:

DECRETO

ARTICULO 1°: Solicítese al Departamento Ejecutivo Municipal, informe de manera escrita en el plazo de 10 días hábiles de recibida la presente, los siguientes puntos:

  1. Matricula nominal actual y de los años 2016 y 2017 en la técnica de vitrofusión dictada en la EMAP.
  2. Horario que presta tarea en la EMAP el agente Edgardo coronel – legajo 1191.
  3. Bienes inventariados por la municipalidad afectados a la EMAP.
  4. Indique nombre del funcionario superior jerárquico inmediato que certifica la carga horaria del mencionado docente.
  5. Indique infraestructura afectada a la EMAP y plano adjunto, como así también indique metros cuadrados cubiertos afectados a la misma escuela, excluido el hogar agrícola.
  6. Indique carga horaria de la señora directora de cultura y educación, como así también franja horaria en que desarrolla sus actividades como funcionaria municipal.
  7. Indique por numeración las solicitudes (año 2018) que oportunamente haya presentado la señora directora de cultura y educación en referencia a elementos que se utilizan en la técnica de vitrofusión (ej. Vidrios, pinturas, moldes, etc.).
  8. Infórmese si la señora directora de cultura y educación ha certificado de manera escrita, el efectivo cumplimiento del personal afectado a la EMAP y hogar agrícola.

ARTICULO 2°: Notifíquese de la presente al Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires, Delegación Azul, a fin de que audite si la Señora Directora de Cultura y Educación puede desarrollar sus tareas como funcionaria pública, atento la carga horaria y lugar de prestación de servicio educativo (Pedro P. Lasalle) declarado oportunamente por ante la Dirección General de Educación de la Provincia de Buenos Aires.

 

ARTICULO 3°: Comuníquese, Regístrese, Publíquese y Archívese.