Boletines/Chacabuco

Ordenanza Nº10544/25

Ordenanza Nº 10544/25

Chacabuco, 09/04/2025

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente

ORDENANZA

ARTÍCULO 1º: Apruébese lo solicitado por la vecina Stella Maris Bossion, DNI Nº 11.922.155, referente a la colocación de discos de “Prohibido estacionar” y el pintado de cordón amarillo frente a su domicilio, sito en calle Rivadavia N° 241 de la ciudad de Chacabuco, en atención a la presentación del Certificado Unico de Discapacidad (CUD) que acredita su condición de salud y que se adjunta al presente expediente.

 

ARTÍCULO 2º: Se otorgaran seis (6) metros contados a partir de una de sus líneas medianeras y, en caso de existir garaje, se consideraran los tres metros de garaje mas los tres metros contiguos.

 

ARTICULO 3°: El permiso se otorgará a partir de la promulgación de la presente Ordenanza y caducará automáticamente si cesa la causa que lo motivó.

 

ARTICULO 4°: El pintado de cordón amarillo y/o la instalación de discos u otra señalética será por cuenta y cargo del peticionante.

 

ARTICULO 5°: Remítase copia de la presente Ordenanza a la Subsecretaría de Seguridad.

 

ARTICULO 6º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e Inscríbase.

 

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN EL MARCO DE LA SESIÓN ORDINARIA Y PÚBLICA NUMERO MIL DOCE (N° 1.012), A LOS NUEVE DÍAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL VEINTICINCO.-

Expediente Nº 21.311/25.