Boletines/Adolfo Alsina
Decreto Nº 893/25
Publicado en versión extractada
Adolfo Alsina, 16/04/2025
Estableciendo para los Trabajadores que reúnan los requisitos establecidos por la normativa vigente para acceder al beneficio jubilatorio, el deber de hacer uso de la Licencia Anual correspondiente al año inmediato anterior, previo al cese de sus funciones. El Jefe de área deberá organizar el servicio a efectos de garantizar el cumplimiento de lo establecido.