Boletines/San Andrés de Giles
Decreto Nº 0866/25
San Andrés de Giles, 31/03/2025
Visto
Las actuaciones contenidas en el expediente n° 4101-22724/25 caratulado: Dirección de Recaudación S/ actualización arancelaria Hogar Geriátrico Nuestra Señora de Luján , y
Considerando
Que a fs 1 de las aludidas actuaciones, luce una nota suscripta por el Sr. Director de Recaudación del Municipio, mediante la cuál requiere se proceda a la actualización arancelaria del Hogar Geriátrico Nuestra Señora de Luján, a partir del 01.04.25.
Que funda su requerimiento, en lo establecido en el artículo 63 de la ordenanza impositiva vigente.
Que dicho artículo, reza en su parte pertinente: …Dicho importe se actualizará en el mismo porcentaje de las jubilaciones mínimas nacionales….
Que, a través de la Resolución n° 179/25 dictada por Anses, se establece que esas jubilaciones, tendrán un incremento del 2.40%, a partir del mes de abril de 2025.
Que en virtud de ello, deviene pertinente realizar la adecuación necesaria , trasladando ese porcentaje, al monto a abonar a partir del mes aludido, en el arancel del Hogar Geriátrico Nuestra Señora de Luján .
Que obran en las actuaciones, sendos dictámenes de la Sra. Contadora y del Sr. Asesor Letrado de la Municipalidad.
Por ello, el Intendente Municipal, en uso de las atribuciones que le son propias
D E C R E T A
ARTICULO 1°: En virtud de lo establecido en el artículo 63° de la ordenanza impositiva vigente y la Resolución n° 179/25, dictada por Anses , establecer que el arancel del Hogar Geriátrico Nuestra Señora de Luján, , será de Pesos trescientos dieciocho mil seiscientos catorce con cero dos ($ 318.614,02) a partir del 1° de abril del año 2025.
ARTICULO 2°: El importe mencionado en el artículo precedente, se encontrará vigente hasta tanto se otorgue un nuevo incremento en la jubilación mínima nacional, decretado por Anses.
ARTICULO 3°: Comunicar a las autoridades del Establecimiento, a la Dirección de Recaudación, registrar, publicar y archivar .