Boletines/San Andrés de Giles

Decreto Nº0853/25

Decreto Nº 0853/25

San Andrés de Giles, 31/03/2025

Visto

Que el Honorable Concejo Deliberante durante la sesión ordinaria celebrada el día 27  de marzo  de 2025 , sancionó la ordenanza en virtud de la cuál autoriza al D.E. a adjudicar a la firma Econorba S.A., la licitación pública n° 2/25, cuyo objeto es la contratación de una empresa idónea que efectúe la recolección, traslado  y disposición final de los residuos patogénicos generados en el Hospital Municipal y los Centros de Atención Primaria de Salud del Partido de S.A. de Giles, dependientes del Municipio, y

Considerando

Que el artículo 108º Inciso II de la Ley Orgánica de las Municipalidades establece que es facultad del Departamento Ejecutivo promulgar o vetar las Ordenanzas que sanciona el Honorable Concejo Deliberante.

Por ello el Intendente Municipal   en uso de las facultades legales que le son propias:

D  E  C  R  E  T  A

ARTICULO 1º: Promulgar la ordenanza sancionada por el Honorable Concejo Deliberante durante la sesión Ordinaria   celebrada el día 27   de marzo de   2025,   en virtud de la cual se autoriza al Departamento Ejecutivo  a adjudicar a la firma Econorba S.A., la licitación pública Nº 2/2025,  cuyo objeto es la contratación de una empresa idónea que efectúe la recolección, traslado y disposición final de los residuos patogénicos, generados en el Hospital Municipal y los Centros de Atención Primaria de la Salud del Partido de S.A. de Giles, a efectos de cuyo registro llevará el n° 2744/25.

ARTICULO 2º:Adjudicar , a partir del 1º de abril de 2025 ,  a la Firma Econorba S.A., con domicilio en Ruta 191 entre Avalos y Canadá de la ciudad de Salto , Partido del mismo nombre, Provincia de Buenos Aires,  la licitación pública Nº 2/20245

ARTICULO 3º:A los efectos de la adjudicación determinada en el artículo 2do del  presente, se        tomarán los siguientes importes:

  • Un importe de pesos   Setenta y Seis Mil Ochenta y Dos  ($ 76.082) por cada contenedor de 20 kilogramos, retirado del Hospital Municipal San Andrés. Total por mes aproximado: $ 16.738.040)
  • Un importe de pesos   ochenta y cinco mil doscientos nueve ($ 85.209,00) por cada contenedor de 10 kilogramos, retirado de cada Sala de Atención Primaria de la Salud . Total por mes aproximado: $ 1.704.180

ARTICULO 4º: Las erogaciones que  demande a la Municipalidad la contratación mencionada  se  imputarán a las siguientes cuentas  del  Presupuesto de Gastos vigente: 

Jurisdicción        1110100000 Departamento Ejecutivo

SubJurisdicción 111017000 Secretaría de Salud

Programa               70                Prestación de Servicio en  Hospital  Municipal San Andrés

Actividad                01               Servicios de Salud en Hospital Municipal

Inciso                      3                  Servicios No Personales

P. Principal              9          Otros Servicios

Partida Parcial         9          Otros

Programa                 71            Prestación de servicio en unidades sanitarias

Actividad                  01         Servicios de Salud en unidades sanitarias

Inciso                          3            Servicios No Personales         .              

P. Principal             9           Otros Servicios

Partida Parcial       9           Otros

ARTICULO 5º:   Registrar ,dar intervención a las áreas correspondientes,  suscribir el contrato de locación de obra ,comunicar y oportunamente archivar la presente norma.

 

ORDENANZA N° 2744/25   

Visto:

El expediente Nº 4101- 22054-0-2025 mediante el cual se tramita el llamado a Licitación Pública Nº 2/2025, cuyo objeto es la contratación  de una empresa idónea que efectúe  la recolección,  traslado y disposición  final de los residuos patogénicos generados    en el Hospital Municipal San Andrés y los Centros de  Atención Primaria de la Salud del  Partido de San Andrés de Giles, conforme los términos del Decreto  Municipal Nº 0599 dictado por el Departamento Ejecutivo el día 17 de febrero de 2025, disponiendo el correspondiente llamado; y               

Considerando:

             Que el artículo 3º del mencionado acto administrativo dispone la aprobación del Pliego de Bases y Condiciones correspondiente, y establece en su artículo 4º como fecha y horario para el acto de apertura de las propuestas correspondientes, el día  11 de marzo   del año 2025, a la hora 11:00.

             Que en cumplimiento a la legislación vigente, se realizó la publicación del edicto correspondiente del Llamado a Licitación   en dos ocasiones en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Edición de los  días 20 y 21 de febrero  del año en curso  .Páginas  70 y 45 ,  en dos ocasiones en el Periódico zonal “Diario Actualidad de Mercedes) Ediciones de los días 5 de marzo de 2025 y 6 de marzo del mismo año  ,páginas 5 en ambas ocasiones y en una ocasión en el  Periódico local Noticias Gilenses  ,  edición del lunes 24 de febrero del año en curso. 

Que habiéndose realizado en la fecha y hora indicadas el acto de apertura de propuestas, y según consta en Acta Nº 6/25 De Licitación Pública- del expediente ,  la única propuesta presentada es la que corresponde a la Empresa Econorba S.A., quién cumplió con la presentación de la documentación requerida en el Pliego de Bases y Condiciones y no es pasible de observaciones en el acto de apertura de propuestas. 

Que la propuesta en estudio, consiste en:

  • Un importe de pesos  setenta y seis mil ochenta y dos  ($ 76.082,00) por cada contenedor de 20 kilogramos, retirado del Hospital Municipal San Andrés. Total por mes aproximado: Dieciseis millones setecientos treinta y ocho mil cuarenta ($ 16. 738.040)
  • Un importe de pesos  ochenta y cinco mil doscientos nueve  ( $ 85.209,00) por cada contenedor de 10 kilogramos, retirados de cada Sala de Atención Primaria de la Salud . Total por mes aproximadado: Un millón setecientos cuatro mil ciento ochenta ($ 1.704.180)

 

                Que ha formulado su correspondiente dictamen el señor Director  del Hospital Municipal San Andrés y la SRA. Secretaria de Salud, en forma conjunta con el señor Jefe de Compras , favorable a la Empresa oferente; habiendo intervenido asimismo la señora Contadora Municipal Interina también con dictamen propicio  a la prosecución del trámite del expediente.

Que, para el caso de existir un solo oferente en la licitación, la Ley Orgánica Municipal prevé en su artículo 155 que se podrá resolver su aceptación, previa autorización al Honorable Concejo Deliberante.

Que norma similar contiene el artículo 187 del Reglamento de Contabilidad.  

             Que debe tenerse en cuenta la conveniencia de la propuesta, como también que se trata de la cobertura de un servicio público esencial como la salud, circunstancia que exige actuar con la premura y diligencia del caso, para evitar la posibilidad de quedar privado nuestro Hospital Municipal del servicio de recolección, traslado y depósito final de los residuos patogénicos generados en el Hospital Municipal San Andrés y Centros de Atención Primaria de la Salud, dependientes de la Municipalidad.

              Por ello, el Honorable Concejo Deliberante, en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

     Artículo 1º:  Autorizar al Departamento Ejecutivo a adjudicar a la firma Econorba S.A., con domicilio en Ruta 191 entre Avalos y Canadá de la Ciudad de  Salto , Partido del mismo nombre, Provincia de Buenos Aires,  la licitación pública Nº 2 /2025, cuyo objeto  es la contratación  de una empresa idónea que efectúe  la recolección,  traslado y disposición final de los residuos patogénicos generados en el Hospital Municipal San Andrés y los Centros de  Atención Primaria de la Salud del  Partido de San Andrés de Giles, dependientes de la Municipalidad, conforme la propuesta presentada como consecuencia del llamado a dicha licitación, en virtud de ser la única oferta presentada, considerándose la misma de evidente conveniencia  a los intereses municipales.

Artículo 2º: Registrar, Publicar, Comunicar y oportunamente archivar

     

Dada en sesión ordinaria celebrada por este Concejo Deliberante e San Andrés de Giles, el día 27 de marzo de 2025.

Firmada:
Hernando Quevedo                                                                                 Juan Ignacio Marano

    Srio H.C.D                                                                                                       Pte. H.C.D.