Boletines/San Andrés de Giles
Decreto Nº 0819/25
San Andrés de Giles, 19/03/2025
Visto
La solicitud cursada por el Sr. Eduardo Cabrero, en su carácter de presidente de la firma Compec S.A., dando origen al expediente Nro. 4101- 22503-0-2025 mediante la cuál solicita autorización para la realización de zanjeo en la vía pública a efectos de poder efectuar la extensión de la red de gas natural para consumo doméstico a la calle Alsina Nº 1857 , Nomenclatura Catastral: Circunscripción: I; Sección: C; - Mz.236 A , parcela 2 A de la ciudad de San Andrés de Giles, domicilio propiedad del convecino MAURO JORGE RIVARA ; y
Considerando
Que la ordenanza Nro. 170/94, promulgada por decreto Nro. 666/94, autoriza al Departamento Ejecutivo, a aprobar las extensiones de la red de gas natural, no comprendidas en el plan general existente.
Que del informe producido por la Dirección de Planeamiento y Obras
Particulares de la Municipalidad surge la factibilidad de acceder a lo peticionado
Que las actuaciones contienen asimismo dictamen favorable de la
Dirección de Recaudación de la Municipalidad.
Por ello, el Intendente Municipal en uso de las atribuciones que le son propias
D E C R E T A
ARTICULO 1ro.: Conforme a lo establecido en la Ordenanza Municipal 170/94 autorízase a la
Empresa Compec S.A. a realizar la ejecución de zanjeo en veredas para la extensión de la red de gas natural para uso doméstico proyecto SG- 00630 , aprobado por Gas Natural Fenosa, al domicilio de la calle Alsina Nº 1857 , Nomenclatura Catastral: Circunscripción: I; Sección: C; - Mz.236 A , parcela 2 A de la ciudad de San Andrés de Giles, domicilio propiedad del convecino MAURO JORGE RIVARA de acuerdo al croquis adjunto y que fuera emitido por el referido Organismo. La parte peticionante deberá acatar las reglamentaciones vigentes en la materia, debiendo reparar y devolver a su estado original las veredas y calzadas afectadas. Asimismo la cañería deberá instalarse a ochenta centímetros de la línea Municipal, y la profundidad no deberá ser menor de 0.80 mts., medida desde los puntos más bajos (zanjas pavimento etc.) y a distancia reglamentaria de los demás servicios en vereda.
ARTICULO 2do: Una vez finalizadas dichas reparaciones se solicitará el correspondiente final de obra a la empresa Contratista autorizada quién además deberá acompañar plano conforme a obra si se hubieran introducido modificaciones al Proyecto original aprobado.
ARTICULO 3ro.: Regístrese, comuníquese a los interesados, tome conocimiento la Dirección de Planeamiento y Obras Particulares, a la Dirección de Inspección General y Protección Ciudadana a la Secretaría de Obras y Servicios Públicos de la Municipalidad y archivar.