Boletines/San Andrés de Giles

Decreto Nº0817/25

Decreto Nº 0817/25

San Andrés de Giles, 19/03/2025

Visto

Lo solicitado por el  Sr. Croce, Matias Damian, en carácter de titular, con domicilio legal en calle Maipú Nº 1221 Localidad de San Andrés de Giles. Partido de San Andrés de Giles, dando origen al expediente Nº 4101-22427/2025; y

Considerando

Que el peticionario ha dado cumplimiento a todos los requisitos establecidos, para obtener la habilitación municipal de comercio.

Que ha abonado las tasas correspondientes, fotocopia de comprobantes,  obrante a fojas 16 y 17.

Que ha presentado contrato de Locación del inmueble, obrante a fojas  03 a 05.

Que posee Certificado de Uso Conforme para la actividad declarada, obrante a foja 06.

                                               Que ha presentado la constancia de inscripción en AFIP y ARBA, en coincidencia con el rubro declarado, obrante a fojas 11 y 12.

                                               Que ha presentado Declaración Jurada, obrante a foja 10.

                                                  Qué el local donde funciona la explotación comercial a nombre de la peticionante, no adeu­da dere­chos de construcción, según acta de Inspección Nº 019040– de la  Dirección  de Planeamiento y Obras Particulares. Obrante a foja 18.

                                                  Que el informe producido por la inspección de la Oficina de Bromatología ha determinado que el comercio reúne las condiciones mínimas de salubridad y funcionalidad para el fin que solicita, al elevar acta de inspección Nº 27970.Obrante a foja 20.

                                                  .

                                                  Que el informe producido por la inspección de la Oficina de Comercio ha determi­nado que reúne condiciones reglamentarias para el fin que se solicita, al elevar el acta de inspección Nº 001156-A. Obrante a foja.21

 

Por ello, el  Intendente Municipal , en uso de las atri­buciones legales que le son propias:

DECRETA

 

ARTICULO 1ro; Concede Habilitación Definitiva  a partir del día 19 de Marzo del 2025, al ru­bro Carnicería y Minimercado , con nombre de fantasía “La vieja Herrería” sito del  lugar en calle 25 de Mayo y Alsina, de  la Localidad de San Andrés de Giles, Partido de San Andrés de Giles,  identificado con la siguiente Nomenclatura Catastral­: Circ.: I – Sec.: B- Mz.:107: -Pc.: 6A B- cuyos datos identificatorios tributarios y comerciales se detallan a continuación:

 

Identificación Tributaria

 

CUIT: 20-31822885-0

Identificación de la Actividad Comercial

 

Fecha de iniciación de la actividad: 19/03/2025

Actividad declarada por el titular: Venta al por Menor de Carnes Rojas Menudencias y Chacinados.- Venta al por Menor en Minimercados

Actividad según Nomenclador Código NAIB del Ministerio de Haciendas y Finanzas: 472130-471130

Uso permitido según Código de Planeamiento de la Municipalidad: Comercio:1A.-

Nombre de Fantasía: “La vieja Herrería”

 

 

 

Identificación del local comercial

 

Ubicación del Inmueble: calles 25 de Mayo y Alsina.-

Nomenclatura catastral del inmueble: Circ.: I – Secc.: B  - Mz.: 107 -Pc: 6A.-

Superficie total de la edificación:  mts2

Superficie destinada al comercio: 96 mts2

Metros de Frente de la edificación: mts.

Metros de Frente del local: 14,50 mts. --

Carácter de ocupación  del solicitante: Locatario.

 

 

ARTICULO 2do;La Vigencia de la habilitación otorgada en el artículo precedente del presente decreto, quedara supeditada al mantenimiento de las condiciones que hicieran posible su otorgamiento y al cumplimiento de la normativa vigente que regule la actividad para la cual fuera otorgada.

 

ARTICULO 3ro; Disponer que la modificación de la razón social, traslado del establecimiento, modificación de las instalaciones que involucren cambios fundamentales o variaciones en la naturaleza de sus actividades, conllevara a la caducidad de la habilitación otorgada.

 

ARTICULO 4to; Expedir el  certificado de habilitación de acuerdo a lo establecido en el artículo 1ero del presente decreto.

 

ARTICULO 5to; La presente habilitación corresponde al Nº 54696  del Registro General de Industria y Comercio de esta Municipalidad.

 

ARTICULO 6to; Entréguese copia al solicitante,  a la Oficina de Comercio, a la Secretaría administrativa, regístrese  y archívese.-